TITULARIDAD COMPARTIDA
Son beneficiarias las explotaciones agrarias de titularidad compartida inscritas en situación de alta en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida del ministerio con, al menos, un mes de antelación a la fecha en que se publique el extracto de cada convocatoria.
Estas subvenciones están acogidas al régimen de mínimis.
Las entidades beneficiarias y sus titulares deberán permanecer en situación de alta, durante cinco años a partir de la fecha de publicación de la resolución definitiva de concesión de la ayuda, en el Registro de explotaciones agrarias de titularidad compartida y en el régimen de la Seguridad Social al que estén acogidos.
El presupuesto de cada convocatoria se repartirá a partes iguales entre las explotaciones agrarias de titularidad compartida que cumplan los requisitos, sin superar la cuantía máxima anual de 1.500 euros.
Para la anualidad 2021 el presupuesto es de 1.000.000 euros.
La solicitud de la ayuda se entenderá realizada por el mero hecho de estar inscritas en situación de alta en el Registro, aunque hay que presentar cierta documentación (declaraciones responsables y compromisos) en el plazo de 10 días hábiles a partir de la publicación del extracto; es decir hasta el 19 de octubre inclusive. Esta documentación tiene que presentarse de forma telemática, por lo que es aconsejable tener a disposición un certificado digital para estos trámites.
Para conocer todos los detalles, invitamos a todos los interesados a informarse en las oficinas de ASAJA.