A partir del próximo 12 de abril, pueden solicitarse ayudas destinadas a financiar la creación y adecuación de espacios seguros en establecimientos turísticos de Castilla y León. Están incluidos las posadas y hoteles rurales, así como camping, albergues, alojamientos hoteleros y establecimientos de restauración.

Se trata de subvenciones, en régimen de concesión directa, , con la finalidad de dotar de liquidez a las empresas que por motivo de la emergencia sanitaria derivada del COVID-19 hayan hecho frente a gastos derivados de la creación y adecuación de espacios seguros en establecimientos turísticos de alojamiento y restauración.

Aunque el plazo es amplio (del 12 de abril al 2 de noviembre) es importante subrayar que la selección de los beneficiarios se realizará por el orden de la presentación de las solicitudes, desde que el expediente esté completo. También hay que cumplir una serie de requisitos, que se indican en la convocatoria de la Consejería de Cultura y Turismo.

¿Para qué es la ayuda?

Serán subvencionables aquellas actuaciones realizadas entre el 1 de junio de 2020 y el 15 de octubre de 2021, ambos inclusive, consistentes en:

a) Las obras de cerramiento estable o instalación de elementos desmontables y móviles que sirvan de aislamiento, acotado del perímetro o protección, así como otros elementos móviles que cumplan esta función en los laterales, cubierta y/o suelo, tales como toldos, mamparas, cortavientos, parasoles y tarimas accesibles.

b) Todas aquellas actuaciones que sean necesarias para la adecuación estética y mejora de la imagen y funcionalidad del espacio seguro con criterios de homogeneización estética e integración en su entorno, mediante la renovación del mobiliario (mesas, sillas y jardineras), instalación de sistemas de iluminación y de aparatos de climatización exteriores, así como actuaciones de mejora de la fachada exterior del local.

c) Redacción de proyecto y dirección facultativa de obra.

Cuantía:

La cuantía individualizada de cada subvención se obtendrá detrayendo del importe total de los justificantes de gasto presentados los gastos no subvencionables, no pudiendo ser inferior a 900 € ni superior a 50.000 €.