ASAJA advierte que todavía quedan algunas obligaciones muy difíciles de cumplir este primer año
Desde el verano, desde ASAJA Castilla y León hemos insistido en la necesidad de que los agricultores conocieran las reglas que marcarán la próxima PAC, que afectan desde ya al sector, puesto que deben respetarse en las actuales siembras (campaña agrícola 2022/2023). Por fin el pasado 18 de noviembre la Dirección General de Política Agraria Comunitaria publicaba el Régimen Transitorio de Actuaciones de Flexibilidad a adoptar en Castilla y León, en relación con las ayudas a los eco regímenes en favor del clima y el medio ambiente, que son las siguientes:
- Pastoreo extensivo, siega y biodiversidad en las superficies de pastos:
-El período mínimo de pastoreo con animales propios de la explotación será de 90 días.
- Rotación de cultivos y siembra directa en tierras de cultivo:
– En la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes, al menos el 25 % de la superficie de tierra de cultivo correspondiente, que se acoge al eco régimen, presente cada año un cultivo diferente al cultivo previo.
– Asimismo, el barbecho no podrá representar más del 40% de la superficie de la tierra de cultivo correspondiente de la explotación.
– En la práctica de siembra directa, se permitirá el laboreo vertical, sistema en que el arado no invierte la tierra, causando poca compactación. Pase de cultivador, chisel o grada de discos pequeños, excepto en el periodo comprendido entre la fecha de recolección de la cosecha y el 1 de septiembre, siempre y cuando se cumpla con la obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo.
- Cubiertas vegetales y cubiertas inertes en cultivos leñosos:
– En la práctica de cubiertas vegetales espontáneas o sembradas en cultivos leñosos, se permitirán labores verticales superficiales de mantenimiento de las cubiertas que no supongan la modificación de la estructura del suelo, de forma que el suelo no permanezca desnudo en ningún momento del año. La cubierta vegetal debe permanecer viva sobre el terreno, durante un periodo mínimo de dos meses, de 15 de diciembre a 15 de febrero.
– En la práctica de cubiertas inertes de restos de poda se permitirán labores verticales superficiales, que no supongan la modificación de la estructura del suelo, ni la desaparición de la cubierta.
Los fallos que detecta ASAJA
Pero todavía quedan algunas obligaciones muy difíciles de cumplir este primer año, con motivo de las condiciones climatológicas, pero sobre todo por la alteración de los mercados y el precio de los insumos. Si bien la mayoría son competencia del ministerio, quien debería permitir excepciones esta campaña. Por ejemplo, no obligando a sembrar un 5 por ciento de leguminosas en la práctica de rotación de cultivos con especies mejorantes, o permitir una labor vertical tras la recolección antes del 1 de septiembre, etc. Normas muchas de ellas obligatorias para todos los productores que reciban pagos directos, al estar recogidas en la condicionalidad reforzada y social.