El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación ha publicado el documento en el que se reflejan las fechas a partir de las cuales se declara el periodo estacionalmente libre, atendiendo a la presencia de insectos vectores de enfermedades de declaración obligatoria.A partir de la fecha que se indica para cada zona de España, se considera libre o no de la presencia de estos vectores.
Así se establece para Castilla y León:
- Periodo estacionalmente libre a partir del 1 de diciembre de 2024 en las provincias de Burgos, León, Palencia, Salamanca, Segovia, Soria, Valladolid y Zamora. Para la provincia de Ávila este periodo solo es aplicable en las comarcas veterinarias de Arévalo, Piedrahíta, Ávila, San Pedro del Arroyo, El Barco de Ávila, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués, Navarredonda de Gredos y Navaluenga.
- Periodo estacionalmente libre a partir del 15 de diciembre de 2024 las comarcas veterinarias de Arenas de San Pedro, Candeleda y Sotillo de la Adrada en la provincia de Ávila.