Con la economía de miles de autónomos de España, incluidos los del sector agrario, muy tocada o directamente hundida por la pandemia, la Seguridad Social elige el peor momento para aplicar subidas en las cuotas de cotización. En este mes de noviembre se aplicará a los autónomos, excepto los acogidos al SETA, que cuentan con un sistema específico.
SS.TT. ASAJA Castilla y León
El Real Decreto Ley 28/2018 preveía subidas para los autónomos (excepto los autónomos agrarios incluidos en el SETA) en el tipo de cotización por contingencias profesionales y cese de actividad en el año 2020. En concreto, el tipo de cotización por cese de actividad pasaba del 0,7% en el año 2019 al 0,8% en el 2020 y el tipo por contingencias profesionales pasaría de un 0,9% al 1,1%.
Esta subida que debería haberse producido en enero no se ha hecho efectiva hasta octubre, por lo que la Seguridad Social aún debe cobrar a los autónomos los nueve meses de incremento pendientes, es decir, desde enero hasta septiembre. Y, según ha confirmado la Tesorería General de la Seguridad Social, en este mes de noviembre también se liquidará parte de la deuda pendiente.
Esto significa que los autónomos tendrán que pagar entre 5,6 y 24,4 euros más de los que pagaban hasta octubre de 2020. De este modo, a finales de este mes de noviembre, los autónomos que coticen por la base mínima pagarán 289 euros, en vez de los 283€ que abonaban hasta octubre, y los que cotizan por la máxima pagarán 1233,2€, en lugar de los 1221,03€ que pagaban.
La Tesorería todavía no ha confirmado cómo se cobrarán los ocho meses que aún quedarán pendientes, pero parece probable que se utilice el mismo método previsto para este mes de noviembre y que se reparta la deuda en los próximos meses.
Por otro lado, hay que tener en cuenta que el mismo Real Decreto 28/2018, también prevé otro incremento para el próximo año 2021. De tal modo, que en enero del 2021 el tipo por cese de actividad pasará del 0,8% al 0,9% y el de contingencias profesionales del 1,1% actual al 1,3%, es decir, se volverán a incrementar las cuotas de los autónomos, lo que agravará más la difícil situación que está viviendo este colectivo por la crisis sanitaria de la Covid 19.
Cotización de los Trabajadores por cuenta propia Agrarios (SETA)
En el caso de los trabajadores por cuenta propia agrarios (SETA), mantienen para el año 2020 el régimen de cotización establecido a 31 de diciembre de 2018, por lo que tanto la incapacidad temporal por contingencias comunes como la protección por contingencias profesionales son voluntarias, mediante opción realizada al respecto.
Para comprobar la repercusión en cada caso o aclarar cualquier duda, nuestros socios pueden comunicar con el equipo técnico de su oficina de ASAJA.