La Consejería de Agricultura y Ganadería ha publicado la orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos formalizados por titulares de explotaciones agrarias. El plazo finalizará el próximo 20 de septiembre.
SS.TT. ASAJA Castilla y León
La Consejería de Agricultura y Ganadería ha publicado en el Boletín Oficial la orden de bases reguladoras para la concesión de subvenciones de minimis destinadas a la bonificación de intereses en préstamos formalizados por titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León y se establecen las condiciones para el reconocimiento del derecho a dichos préstamos.
Esta subvención se destina a los titulares de explotaciones agrarias que hayan obtenido un aval de SAECA que garantice un préstamo, al amparo de lo dispuesto en la orden de 29 de mayo de 2017 del Ministerio. Además, también se incluyen a aquellos préstamos avalados por SAECA en 2017 que estén acogidos a convocatorias de ayuda específicas para sequía que pudieran aprobarse por el Ministerio con posterioridad.
Los beneficiarios, además de otros requisitos relacionados con su renta y alta en la seguridad social, tienen que tener suscrito un contrato o póliza de seguro en las líneas de seguros para producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en el Plan de Seguros Agrarios Combinados en el año 2016 o 2017 antes del 15 de octubre y se comprometan a mantener el seguro en los próximos tres años. También pueden solicitarlo quien no tenga contratado seguro pero se comprometa a suscribirlo a partir del 15 de octubre de 2017 y antes del 15 de octubre de 2018, y a mantener el seguro dos años más. Se hace una distinción especial para losjóvenes agricultores y para la comarca de El Bierzo.
Los solicitantes que tengan suscrito un seguro agrario antes del 15 de octubre recibirán una bonificación del 100% de los intereses de los préstamos, hasta un máximo de 1,5 puntos porcentuales.
Los solicitantes que no tengan suscrito seguro, pero se comprometan a hacerlo a partir del 15 de octubre de 2017 y durante el período subvencionado, recibirán una bonificación del 50% de los intereses de los préstamos y hasta un máximo de 0,75 puntos porcentuales.
Los importes de los préstamos preferenciales bonificados serán los garantizados por SAECA de acuerdo a las Órdenes del Ministerio. Ahora mismo, según la orden AAA/778/2016, sería para créditos de hasta 40.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, y cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia. No obstante, cuando el solicitante sea titular de una explotación que realice su actividad en el ámbito de la producción láctea, porcina, cunícola o de frutas y hortalizas, se podrán solicitar créditos de hasta 80.000 € por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, y cuyo plazo de amortización no supere los diez años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia.
Las Entidades financieras interesadas en ofrecer los préstamos preferenciales bonificados deberán formalizar con la Consejería de Agricultura y Ganadería el correspondiente Convenio de colaboración en el que se indicarán las condiciones específicas de dichos préstamos.
El plazo de presentación de solicitudes de reconocimiento del derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado finalizará el día 20 de septiembre. Para cualquier consulta, puedes dirigirte a tu oficina más cercana de ASAJA.