Desde la última actualización sobre la situación de la lengua azul en España, el pasado 15 de octubre, se ha detectado circulación de los serotipos 1, 3 y 8 del virus de la lengua azul en distintas comarcas ganaderas, siendo necesario en algunos de estos casos, una reevaluación de las zonas afectadas frente a estos serotipos.

Ante la constatación de circulación de los serotipos 1, 3 y 8 del virus, las autoridades veterinarias de la Junta de Castilla-La Mancha, Junta de Extremadura, Junta de Andalucía y de la Comunidad de Madrid, han procedido a ampliar las zonas suspendidas para estos serotipos alrededor de los focos detectados, afectando a varios territorios de Castilla y León. 

Teniendo en cuenta la situación actual, el pasado 28 de octubre de 2024 las Comunidades Autónomas de Andalucía, Extremadura, Castilla la Mancha, Madrid y Castilla y León, han alcanzado un acuerdo de flexibilización de movimientos para vida dentro de las zonas restringidas por lengua azul con destino a zonas afectadas por los mismos serotipos, de cara a proporcionar tiempo suficiente para vacunar las nuevas zonas establecidas para los serotipos 1,3 y 8, con las siguientes condiciones:

  • Movimientos dentro de zona restringida serotipo 1-3-4-8 (incluyendo zona 1-3-4 de Salamanca, Sevilla y Córdoba):
    • Movimiento destino a zona caliente: vehículos previamente desinsectados, indicando en la documentación sanitaria de traslado la fecha y el producto de desinsectación utilizado, animal desinsectado y explotación de origen sin síntomas clínicos compatibles con lengua azul.
    • Movimiento destino a zona fría:
      • Ovino/bovino < 3 meses: vehículos previamente desinsectados, indicando en la documentación sanitaria de traslado la fecha y el producto de desinsectación utilizado, animal desinsectado y explotación de origen sin síntomas clínicos compatibles con lengua azul.
      • Ovino/bovino > 3 meses: animales protegidos frente al ataque del vector al menos 14 días y sometido a partir de esos 14 días a análisis PCR para detectar virus de la lengua azul (con posibilidad de realizar pooles de hasta 3 animales) con resultado negativo, teniendo este resultado una validez máxima de 10 días, periodo durante el cual el animal deberá mantenerse protegido del ataque del vector hasta el momento de transporte o bien animal vacunado frente a todos los serotipos presentes en la zona de restricción.
    • Movimiento dentro de zona fría: vehículos previamente desinsectados, indicando en la documentación sanitaria de traslado la fecha y el producto de desinsectación utilizado, animal desinsectado y explotación de origen sin síntomas clínicos compatibles con lengua azul.

Se establecen como zonas frías 1-3-4-8 (incluyendo zonas 1-3-4 de Salamanca, Sevilla y Córdoba) que se irán modificando en función de la situación epidemiológica:

  • En Castilla y León:
    • Ávila: comarcas de Piedrahíta, Navarredonda de Gredos, Navaluenga, El Barraco, Cebreros, Las Navas del Marqués y Ávila.
    • Salamanca: comarcas de Béjar, Ciudad Rodrigo, Guijuelo, Tamames y Sequeros.
  • En Andalucía:
    • Huelva: comarca de Almonte
    • Sevilla: comarcas de Cantillana (Vega de Sevilla), Sanlúcar la Mayor (Poniente de Sevilla), Utrera (Bajo Guadalquivir), Lebrija (Las Marismas), Carmona (Los Alcores), Sevilla (Delegación Provincial), Écija (La Campiña), Marchena (Serranía Sudoeste) y Osuna (Campiña/Sierra Sur)
    • Córdoba 
  • En Madrid: comarcas de San Martín de Valdeiglesias, EL Escorial y Navalcarnero.

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