La Administración General del Estado asume el coste de los cambios de potencia para reducir los gastos de los regadíos. Esta medida lleva en vigencia desde 2022 y se ha ido prorrogando sucesivamente y seguirá en vigor hasta el 31 de diciembre conforme al real decreto-ley publicado recientemente.
El Real Decreto-ley de medidas económicas para apoyar a la ciudadanía y a los sectores económicos españoles, publicado recientemente en el Boletín Oficial del Estado, recoge la prórroga de la medida de flexibilización en la contratación del suministro eléctrico, con esta medida los regantes podrán cambiar de potencia eléctrica contratada en un plazo inferior a doce meses sin coste. Se trata de una medida muy necesaria para garantizar la rentabilidad de las explotaciones de regadío.
Según los últimos datos, de 2023, de la Encuesta sobre Superficie y Rendimientos de Cultivo (ESYRCE) que publica anualmente el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA), los regadíos presentan en España el 22,1% de la superficie agraria útil (SAU), esto supone algo más de 3,7 millones de hectáreas.
Esta medida permite que los regantes ajusten la potencia a su patrón de consumo estacional sin coste alguno, siendo la Administración General del Estado la que asume los costes de los cambios de potencia, permitiendo que los regadíos vean reducidos sus gastos derivados del uso de energía eléctrica, adaptando la potencia a la época de riego y, por ende, mejorando la rentabilidad de las explotaciones.
El mismo real decreto-ley recoge, en su artículo 1 la prórroga del IVA al 0%, hasta el 30 de septiembre, de los alimentos básicos, como son el pan, leche, harinas, frutas, verduras hortalizas, legumbres, cereales, quesos, huevos y aceite de oliva. A partir del 30 de septiembre y hasta el 31 de diciembre, el IVA de esos productos pasará al 2%. Asimismo, el resto de aceites de semillas y pastas alimenticias mantendrán el IVA al 5% hasta finales de septiembre, y a partir de octubre se situará en el 7,5%.
Por otro lado, el aceite de oliva pasará a formar parte de la cesta de alimentos básicos y, por tanto, a partir de ahora se gravará con un IVA reducido del 4%, cuando se reestablezcan los tipos normales.