El Consejo de Ministros acordó declarar las zonas afectadas gravemente por emergencias de protección civil (ZAEPC) en 15 de las comunidades autónomas, con Castilla y León a la cabeza, por número de incendios y de hectáreas afectadas. Para estos casos, se establece ayudas directas, entre otras, por la destrucción o daños de la vivienda habitual, así como a los titulares de establecimientos agrarios. Otras medidas, que se tendrán que adoptar por los ministerios correspondientes, incluyen ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas y forestales, beneficios fiscales y medidas laborales y de Seguridad Social.

Desde el Gobierno señalan que estos incendios presentan unas características diferentes a las conocidas hasta ahora debido a los efectos del cambio climático y de las altas temperaturas registradas este verano. En este sentido, el año pasado se quemaron algo más de 50.000 hectáreas y este ya se han quemado más de 200.000. Los incendios han provocado graves desperfectos en infraestructuras y en bienes públicos y privados, así como en cultivos y explotaciones agropecuarias, polígonos industriales y otras instalaciones productivas, aún sin cuantificar.

AYUDAS DIRECTAS

Las medidas de recuperación previstas en este acuerdo, y cuya ejecución corresponde al Ministerio del Interior, son las siguientes:

  • Ayudas por fallecimiento o por incapacidad absoluta y permanente, por valor de 18.000 euros.
  • Ayudas por destrucción total de la vivienda habitual hasta una cuantía máxima de 15.120 euros.
  • Ayudas por daños que afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 10.320 euros.
  • Ayudas por daños que no afecten a la estructura de la vivienda habitual, hasta el 50 por ciento de su valoración técnica y con un límite de 5.160 euros.
  • Ayudas por destrucción o daños en los enseres domésticos de primera necesidad de la vivienda habitual, para su reposición o reparación, con un límite de 2.580 euros.
  • Ayudas por daños en elementos comunes de uso general de una comunidad de propietarios en régimen de propiedad horizontal, hasta el 50 por ciento de la valoración técnica efectuada por el Consorcio de Compensación de Seguros y con un límite de 9.224 euros.
  • Ayudas a personas físicas o jurídicas que hayan realizado prestaciones personales y de bienes: el importe total de los gastos.
  • Ayudas a los titulares de establecimientos industriales, mercantiles y de servicios, incluidos los agrarios, marítimo-pesqueros y turísticos: hasta 9.224 euros.
  • El acuerdo también prevé la posibilidad de que se apruebe una exención de las tasas del Organismo Autónomo Jefatura Central de Tráfico para duplicados de permisos de circulación o conducción, así como bajas de vehículos siniestrados.

OTRAS MEDIDAS

El acuerdo aprobado por el Consejo de Ministros prevé la adopción de otras medidas de ayuda, condicionadas a lo que establezcan las órdenes ministeriales dictadas por cada uno de los diferentes departamentos competentes para desarrollarlas:

  • Los distintos departamentos ministeriales podrán declarar determinadas zonas de actuación especial, así como la emergencia de las obras necesarias para reparar los daños causados por cualquiera de estos siniestros en infraestructuras de titularidad estatal comprendidas en su ámbito de competencias.
  • El real decreto prevé la concesión de ayudas por daños en producciones agrícolas, ganaderas, forestales y de acuicultura marina.
  • Beneficios fiscales: el Ministerio de Hacienda y Función Pública concretará la exención en la cuota del Impuesto sobre Bienes Inmuebles y la reducción en la cuota del Impuesto sobre Actividades Económicas que corresponden a los receptores de estas ayudas, que como es habitual estarán exentas del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas las ayudas por daños personales.
  • Medidas laborales y de Seguridad Social: los ministerios de Trabajo y Economía Social y de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones podrán desarrollar medidas laborales y de Seguridad Social como bonificaciones y exenciones de cuotas de Seguridad Social.
  • Ayudas a las corporaciones locales: las entidades locales recibirán ayudas, por un importe de hasta el 50 por ciento, a los proyectos que ejecuten las entidades locales para reparar infraestructuras, instalaciones y equipamientos municipales.
  • Una vez que se elabore un informe detallado sobre los daños causados por estos incendios forestales y se disponga de una valoración técnica de su cuantía, el Gobierno, en colaboración con las administraciones autonómicas y locales, podrá completar este real decreto con la adopción de otras medidas complementarias a las adoptadas por las administraciones territoriales a las que corresponde la competencia en materia de protección civil.

Los incendios registrados en la provincia son los siguientes:

9/07 Villanueva del Conde

11/07 Cepeda/Miranda del Castañar

11/07 Monsagro

11/07 Candelario

20/07 Robliza de Cojos

10/08 La Fregeneda

16/08 Linares de Riofrío