Se trata de una ayuda novedosa, que responde a la insistencia del sector y especialmente de ASAJA en recuperar el apoyo a la renovación de activos en el campo que supuso el conocido como cese anticipado, desaparecido hace años, ahora ya solo para los jubilados o los que llegan a esa edad. La consignación presupuestaria para esta primera convocatoria asciende a 5,7 millones de euros, cofinanciados por la Junta de Castilla y León, la Unión Europea —a través del Fondo Europeo de Desarrollo Rural (Feader)— y el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA).
La ayuda se destinará a prestar apoyo a los agricultores o ganaderos, jubilados o que lleguen a la edad de jubilación, que decidan cesar en su actividad y dejar su explotación a otros agricultores o ganaderos, compensando una parte del coste de oportunidad que supone dicha cesión. Los cedentes tendrán que ser beneficiarios de una pensión de jubilación de la Seguridad Social o estar en situación de jubilarse, y no tener más de 72 años.
Los cesionarios, que no superarán los 57 años, serán agricultores activos en la Seguridad Social por su actividad agraria. Respecto a los compromisos, se realizará la cesión de la explotación mediante contratos de arrendamiento o venta.
Además, los beneficiarios de las ayudas se comprometen a ceder los bienes que constituyen su explotación al cesionario y a jubilarse de la actividad agraria. Los cesionarios, por su parte, deben explotar de forma directa la explotación cedida durante no menos de cinco años.
COMPLEMENTO A LA JUBILACIÓN. La ayuda total, destinada a compensar una parte del coste de oportunidad que supone la cesión, oscilará entre los 17.750 y 85.000 euros, cantidad distribuida a lo largo de los cinco años del compromiso. Esto supone un complemento mensual a la pensión de la jubilación de entre 300 y 1.400 euros, aproximadamente, en función de la producción estándar de la explotación que se cede.
ASAJA ha valorado que Castilla y León sea la pionera en la puesta en marcha de una ayuda a la sucesión de explotaciones, aunque lamenta que nazca con un fallo de base muy importante: excluye la cesión de padres a hijos, justo la más frecuente en la agricultura y ganadería.
En el periodo de borrador de esta orden, nuestra organización presentó varias alegaciones para mejorar el formulado de la orden, y, aunque algunas han sido admitidas, la principal, que la cesión fuera posible entre familiares de primer grado, ha sido rechazada.