El ganadero que esté interesado en utilizar este sistema, deberá solicitar la autorización pertinente y el periodo para poder hacerlo es ahora en el mes de enero, antes del día 31 de enero.

¿Quiénes pueden solicitarlo?

Podrán solicitarlo propietarios o representantes de las explotaciones ganaderas que estén ubicadas en zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas (toda la provincia de Salamanca está incluída).

¿Qué requisitos debo cumplir?

Las condiciones de ubicación, sanitarias y zootécnicas de las explotaciones serán:

a) Estar incluidas en alguno de los municipios de las zonas declaradas de protección para la alimentación de especies necrófagas de interés comunitario en Castilla y León.

b) Estar inscritas en el Registro Oficial de Explotaciones Ganaderas (REGA) en situación de alta.

c) No desarrollar un aprovechamiento ganadero intensivo.

d) Cumplir con la normativa en materia de ordenación, sanidad y bienestar animal que les sea de aplicación.

e) Cumplir el programa de vigilancia de las encefalopatías espongiformes transmisibles de los animales (EET), y en concreto, las pruebas previstas en el Anexo II del Real Decreto 3454/2000, de 22 de diciembre.

f) Estar sometidas a vigilancia periódica de los servicios veterinarios oficiales y cuenten con una calificación sanitaria que no suponga riesgo para la salud pública y la sanidad animal y estén sometidas a control y vigilancia de programas nacionales o autonómicos de control, erradicación o vigilancia de enfermedades.

g) Tener establecido un sistema de gestión de cadáveres conforme a la legislación vigente en cada momento.

¿Qué documentos necesito?

Solicitud en modelo normalizado.
En el siguiente enlace puedes descargar la solicitud, rellenarla y registrarla en la Unidad Veterinaria, en el Ayuntamiento o telemáticamente por la Red SARA.

Accede a la solicitud a través del link: https://goo.su/pJsmCN3

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?

El período ordinario de presentación de solicitudes es entre el 1 y el 31 de enero.

Para cualquier consulta llama al teléfono de ASAJA Salamanca: 923 190 720

Obligaciones

  • Las explotaciones ganaderas autorizadas deberán mantener un libro de registro con, al menos, la identificación, la fecha del aporte y el peso estimado de los animales muertos que son utilizados para la alimentación de las especies necrófagas de interés comunitario y deberá estar a disposición de la autoridad competente en todo momento y durante tres años tras el último aporte.
  • Este libro de registro será independiente de aquellas obligaciones de registro de explotación, notificación de mortalidad y notificación de enfermedades que se exigen en materia de ordenación y sanidad animal.
  • Declaración anual en el mes de enero para aquellos que tienen solicitada la autorización. Presentar anexo VIII MODELO DE COMUNICACIÓN ANUAL DE APORTES SANDACH A MULADARES Y DE CADÁVERES NO RECOGIDOS EN EXPLOTACIONES AUTORIZADAS EN ZONAS DE PROTECCIÓN PARA LA ALIMENTACIÓN DE ESPECIES NECRÓFAGAS DE INTERÉS COMUNITARIO.