La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural ha publicado en el Boletín Oficial de Castilla y León la Orden AGR/1497/2020, de 9 de diciembre, por la que establece el procedimiento de actuación para la participación de los centros escolares de Castilla y León en el programa escolar de consumo de frutas, hortalizas y leche para el curso 2020/2021.
El consumo en declive de frutas y hortalizas frescas y de productos lácteos, especialmente en niños, ha motivado que se financie el suministro a los centros escolares de una selección de productos agrícolas que contribuyan en mayor medida a fomentar unos hábitos alimentarios saludables. Para que los responsables de los centros escolares conozcan esta iniciativa y puedan solicitar su participación en ella, se considera oportuno habilitar el presente procedimiento de actuación.
Podrán participar en la estrategia los centros escolares ubicados en la Comunidad de Castilla y León, administrados o reconocidos por las autoridades competentes de la región y que pertenezcan a alguna de las siguientes categorías: Educación infantil segundo ciclo, educación primaria, educación secundaria, bachillerato, formación profesional básica y/o grado medio y centros de educación especial.
Los centros escolares deberán comunicarlo a la Dirección General de Competitividad de la Industria Agroalimentaria y de la Empresa Agraria, hasta el 22 de enero de 2021 inclusive.
La distribución de los productos se hará en el último trimestre del curso 2020/2021.
PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE FRUTAS Y HORTALIZAS:
Se realizarán cinco entregas en cada centro escolar en semanas diferentes. El resto de raciones por alumno (fresas, frutos rojos y zanahoria IV gama) se entregarán preferiblemente, cada una de ellas en semanas diferentes, puesto que son productos que deben consumirse en el plazo aproximado de cuarenta y ocho horas desde la recepción del producto en el centro escolar.
• PERAS «Conferencia». A partir de tercero de primaria inclusive, cada alumno recibirá dos piezas enteras. En centros de educación especial, educación infantil y hasta segundo de primaria, recibirán una ración de 125 gramos de pera IV gama, lavada, troceada y envasada individualmente para consumo directo.
• MANZANAS. A partir de tercero de primaria inclusive, cada alumno recibirá dos piezas enteras, una variedad «Golden» y otra variedad «Fuji». En centros de educación especial, educación infantil y hasta segundo de primaria, recibirán una ración de 125 gramos de manzana IV gama, lavada, troceada y envasada individualmente para consumo directo.
• FRESAS/FRESÓN 0,125 Kg por alumno en envase individual.
• FRUTOS ROJOS (frambuesa y arándanos). 0,09 Kg por alumno en envase individual.
• ZANAHORIA IV GAMA 0,06 Kg por alumno en envase individual.
PROGRAMA ESCOLAR DE CONSUMO DE LECHE:
Se realizarán un mínimo de dos entregas distanciadas al menos un mes. En el caso de que el número de entregas fuera de más de dos, el tiempo transcurrido entre entregas puede ser menor.
1.ª entrega: Tres envases de 200 ml de LECHE ENTERA* UHT por alumno.
2.ª entrega: Dos envases de 200 ml de LECHE ENTERA* UHT por alumno.
• Se suministrará la misma cantidad de leche sin lactosa, para el número de
alumnos intolerantes a la lactosa que el centro escolar indique en el momento de
la solicitud de participación en el programa.
Por otra parte, a lo largo del curso se realizarán distintas actividades, preferiblemente en formato virtual, que se desarrollarán como «medidas de acompañamiento» al suministros de frutas, hortalizas y leche. Estas medidas se llevarán a cabo mediante procedimientos de contratación pública y podrán ser ofrecidas a los alumnos de los centros escolares participantes.