El período de vigencia de la prórroga de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de este 30 de julio
Vista la solicitud de homologación del contrato-tipo de compraventa de forrajes con destino a su transformación y comercialización, formulada por la Comisión Nacional de Seguimiento del contrato tipo de compraventa de forraje con destino a su transformación, integrada en el seno de la Asociación Interprofesional de Forrajes Españoles, AIFE, acogiéndose a los requisitos previstos en la Ley 2/2000, de 7 de enero, reguladora de los contratos tipo de productos agroalimentarios y el Real Decreto 686/2000, de 12 de mayo, por el que se aprueba su Reglamento de aplicación y de conformidad con la propuesta elevada por la Dirección General de la Industria Alimentaria, a fin de que los solicitantes puedan disponer de un documento acreditativo de la contratación de materia prima ante el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación.
El período de vigencia de la prórroga de la homologación del presente contrato-tipo será el de un año a partir de este 30 de julio; es decir, para la campaña 2020/2021.
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