Las personas físicas con capacidad jurídica y de obrar y personas jurídicas podrán solicitar la quema de restos vegetales agrícolas acumulados en pequeños montones situados en terrenos labrados, huertos y prados, fuera de la Época de Peligro Alto (periodo de quema entre el 16 de octubre y el 31 de mayo),en los terrenos forestales y en la franja de 400 m que los rodea. Sin embargo, se considera actividad prohibida durante todo el año la quema de rastrojos.

La comunicación se realizará con una antelación mínima de 48 horas a la fecha en la que se quiere realizar la quema, siempre que el agente medioambiental de la zona no la aplace o suspenda por apreciar condiciones de peligro que la desaconsejen.

Las condiciones para proceder con las quemas satisfactoriamente, puede encontrarlas pinchando: aquí


¿Cómo lo pido?

Las solicitudes se pueden entregar presencialmente el Servicio Territorial de la Junta de Castilla y León en Salamanca, en las oficinas de asistencia de registro, o mediante correo ordinario, o bien, a través de Internet en la sede electrónica: https://www.ae.jcyl.es/adme20/pdfLocal.do; para lo cuál es imprescindible contar con certificado electrónico y autofirma (o clave firma).

Si se opta por la vía presencial, deberán descargar el siguiente formulario y rellenarlo, y depositarlo en el Servicio Territorial o en las oficinas de asistencia en materia de registro repartidas por la provincia de Salamanca; lugares donde también pueden pedir el modelo, si no lo llevan impreso.

Descargue la solicitud: aquí


¿Dónde están las oficinas para hacerlo presencialmente?

Los solicitantes pueden dirigirse a cualquiera de estas ubicaciones para formalizar el registro. *(Si pinchan sobre ellas, verán la dirección)