Desde el pasado jueves, 17 de febrero, y hasta el 19 de abril, las pequeñas empresas innovadoras lideradas por mujeres podrán solicitar las ayudas destinadas a nuevos proyectos empresariales que requieran el uso de tecnologías o conocimientos desarrollados a partir de la actividad investigadora y en los que la estrategia de negocio se base en el desarrollo de tecnología (Programa NEOTEC de mujeres emprendedoras, dotado de 5.000.000 euros).

El Ministerio de Ciencia e innovación ha publicado en el BOE el extracto de la resolución que recoge la convocatoria por la que las subvenciones podrán destinarse a proyectos empresariales en cualquier ámbito tecnológico y/o sectorial. No obstante, no se adecúan a esta convocatoria los proyectos empresariales cuyo modelo de negocio se base primordialmente en servicios a terceros, sin desarrollo de tecnología propia. Tampoco serán objeto de ayuda aquellas iniciativas que no reflejen claramente en su plan de empresa la continuidad en el desarrollo de tecnología.

Podrán adquirir la condición de beneficiarios las pequeñas empresas lideradas por mujeres y constituidas como máximo en los tres años anteriores al 19 de abril, con un capital social mínimo, o capital social más prima de emisión o asunción, de 20.000 euros, desembolsado íntegramente, e inscrito totalmente en el registro correspondiente antes de la presentación de la solicitud.

Asimismo, deberán hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones de depósito de cuentas anuales, tanto individuales como consolidadas, en su caso, en el Registro Mercantil o registro oficial correspondiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes de ayuda de la convocatoria.

Con carácter general se podrá financiar hasta el 70% del presupuesto elegible de la actuación, con un importe máximo de subvención de 250.000 euros por entidad beneficiaria. La actuación deberá tener un presupuesto financiable mínimo de 175.000 euros.

Las ayudas se solicitarán para actuaciones anuales o plurianuales. En todo caso, las actuaciones subvencionables deberán iniciarse a partir 1 de enero de2023, y podrán finalizar el 31 de diciembre de 2023, en el caso de que el proyecto tenga una duración de un año, o bien el 31 de diciembre de 2024, si el proyecto tiene una duración de dos años.

Las ayudas serán incompatibles con cualquier otra ayuda NEOTEC previa o posterior a la concedida en virtud de la presente convocatoria.


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