El Diario Oficial de la Unión Europea ha publicado recientemente (jueves 13 de junio) el proyecto de modificación del Reglamento (UE) número 1408/2013 sobre las ayudas de minimis en el sector agrícola. Se cambia así la regulación de estas ayudas de menor cuantía, que pueden aplicar los estados miembros sin rendir cuentas a la UE al considerar que no distorsionan el mercado comunitario. El objetivo es ganar eficacia y adaptarlo a las realidades económicas actuales.
El Reglamento de 2013 establecía un marco para garantizar que las ayudas de minimis no distorsionen la competencia en el mercado interno de la Unión Europea. Sin embargo, con el paso del tiempo, han surgido necesidades de ajuste y actualización. Las modificaciones propuestas al Reglamento buscan modernizar y adaptar las normativas a las necesidades actuales del sector agrícola.
Los principales cambios son los siguientes:
- 1. Se incrementa el límite máximo de ayudas de 25.000 euros a 37.000 euros por empresa durante un período de tres años. Este aumento responde a la inflación y a la necesidad de proporcionar un apoyo financiero más significativo a las empresas agrícolas.
- 2. Respecto al control y transparencia, se introduce la obligatoriedad de crear un registro central para todas las ayudas de minimis concedidas. Este registro centralizado permitirá un mejor seguimiento y control de las ayudas, garantizando que se cumplan los límites y que se eviten abusos o errores en la concesión de las ayudas.
- 3. Se ajustan los topes nacionales y sectoriales para reflejar mejor la inflación y las condiciones económicas actuales. Estos ajustes buscan asegurar que las ayudas de minimis sigan siendo efectivas y no distorsionen la competencia en el mercado interno.
- 4. Se establecen reglas claras sobre la acumulación de ayudas provenientes de diferentes sectores. Estas normas buscan mejorar la coherencia en la concesión de ayudas y asegurar que las empresas no reciban un apoyo financiero excesivo que pudiera distorsionar la competencia.
Las modificaciones propuestas reducirán la carga administrativa para los profesionales del campo, gracias a los nuevos registros centrales de ayudas de minimis obligatorios, que evitará la obligación de notificar por parte de agricultores y ganaderos.
La revisión prorrogará el actual Reglamento hasta 2032. La publicación en el Boletín Oficial de la UE por parte de la Comisión Europea abre el proceso para que todas las partes interesadas pueden presentar alegaciones y observaciones sobre el proyecto de modificaciones hasta el 21 de julio de 2024./