El Boletín Oficial del Estado publicó el pasado 31 de octubre la Orden TED/1191/2024, de 24 de octubre, que regulan los sistemas electrónicos de control de los volúmenes de agua utilizados por los aprovechamientos de agua, los retornos y los vertidos al dominio público hidráulico. Esta orden del Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico (MITECO) sustituye a otra de 2009, pionera en la regulación de los sistemas para realizar un control efectivo de los volúmenes de agua utilizados, retornados y vertidos al dominio público hidráulico. Ahora se busca introducir sistemas avanzados de medición y transmisión de datos, para lograr los objetivos de sostenibilidad que plantea una directiva europea.
La nueva orden exige a los titulares de aprovechamientos de agua sistemas de control volumétrico que registren y envíen datos de consumo, captación y vertido en tiempo real o de manera periódica, dependiendo de la categoría de cada aprovechamiento.
Tales sistemas deben estar certificados y homologados, para permitir a los organismos de cuenca acceder directamente a los datos y lograr una gestión más eficiente de los recursos hídricos, especialmente en situaciones de escasez o de más demanda del recurso.
La norma se adapta a los recientes avances en medición y control de caudales, además de regular las obligaciones de los usuarios, especialmente en grandes infraestructuras hidráulicas. Además, establece certificaciones de control volumétrico y supervisión técnica para asegurar la funcionalidad del sistema de monitoreo. También incluye medidas para calcular los caudales vertidos durante lluvias extremas, conforme al Esquema Nacional de Seguridad.
INSPECCIONES Y SANCIONES. Los organismos de cuenca —en nuestro caso, la Confederación Hidrográfica del Duero— supervisará que los titulares de aprovechamientos y vertidos cumplen las obligaciones mediante inspecciones regulares, donde verificarán que las instalaciones de control se ajustan a la normativa de seguridad y protección contra manipulaciones. Los incumplimientos pueden derivar en sanciones.
En lugares de difícil acceso, la nueva norma permite métodos alternativos de control, como la teledetección o la medición de volúmenes a partir del consumo energético. En casos excepcionales, los organismos de cuenca podrán autorizar esos métodos siempre que se garantice la precisión de las mediciones. Esta flexibilidad es indispensable en zonas de alta montaña o donde no es viable instalar medidores convencionales.
La orden se enmarca dentro del Proyecto Estratégico para la Recuperación y Transformación Económica (PERTE) de digitalización del ciclo del agua, que fomenta el uso de nuevas tecnologías para una gestión hídrica sostenible y eficiente./