Por fin se publicó la orden que permite la quema de rastrojos. Llevábamos esperándola desde que en junio, la Junta de Castilla y León anunció que se iba a autorizar esta medida, respondiendo así a la reivindicación reiterada de Asaja.
Es por tanto un paso adelante en la lucha contra las plagas del campo y supone un cambio en la tendencia que desde hace años mantenía la administración regional, cerrada como estaba hacia todo lo que tuviera que ver con las quemas.
En esta reivindicación hemos estado solos, pero la hemos mantenido convencidos de que es una práctica beneficiosa para el campo porque controla plagas y enfermedades, y es respetuosa con el medio ambiente, porque evita el uso de fitosanitarios químicos. Asaja no puede por menos que manifestar una ligera satisfacción por esta esperada autorización, más aún porque es una respuesta a años solicitándolo.
Pero dicho esto, el contenido de la orden ha supuesto una decepción para los agricultores. Lo primero, porque llega tarde. Una demora que no va a permitir hacer las quemas como es debido por las circunstancias meteorológicas, y porque la sementera y las labores preparatorias tienen su época, y no se puede esperar a la publicación de una orden.
Además, el texto tiene tantas limitaciones y restricciones, que va a hacer imposible llevar a cabo estas prácticas en al menos una veintena de pueblos enteros de la provincia y otros muchos ven mermada su superficie considerablemente: deja fuera a las zonas ZEPA, prohíbe quemar a 400 metros de núcleos urbanos y de masas forestales y a 100 metros de vías de comunicación y, por supuesto, las comarcas del norte de la provincia no están incluidas en esta normativa.
Unas restricciones que inciden negativamente en las comarcas del Cerrato, Saldaña-Valdavia y Boedo-Ojeda, donde la cercanía de sus parcelas a masas forestales va a hacer imposible llevar a cabo esta actividad.
Tampoco estará permitido realizar las quemas de rastrojos en regatos, cunetas y linderas, reservorios naturales de los topillos, un problema frente al que no hay otra herramienta de lucha que las quemas controladas porque no se permite usar ningún tratamiento.
A esto se añade que sólo se va a poder actuar en el 25 por ciento de la superficie total de cultivo de cereal del solicitante y que hasta seis días después de la solicitud no se obtiene la autorización -con lo que nos plantamos en noviembre además de que sólo se puede llevar a cabo en determinados días, concretamente un día a la semana por comarca.
De acuerdo en que la orden es un paso adelante en este objetivo, pero es muy corto. Ahora queda comprobar si con tanta traba y condicionantes se podrán controlar en las zonas afectadas las plagas y malas hierbas, males contra los que el agricultor cada vez se encuentra más impotente en su lucha, al tener una limitación importante de los productos fitosanitarios habilitados.
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