La Tesorería General de la Seguridad Social está dirigiendo una carta a todos los autónomos para avisarles del proceso que está llevando a cabo para regularizar las cuotas anualmente en función de los rendimientos de su actividad. Esta carta tan sólo es el aviso de que se le notificará a cada autónomo la cuota definitiva resultante de 2023, con arreglo a los datos de la declaración del Impuesto sobre le Renta de ese ejercicio que se presentó en la reciente campaña. De momento, los autónomos no deben efectuar trámite alguno, ya que se trata de una mera carta informativa sobre el proceso. Pero sí se les indica que en próximas semanas se les notificará telemáticamente la resolución sobre la cuota definitivas, a través de la sede electrónica de la Seguridad Social.
Esa notificación, que no se espera antes de septiembre, informará al autónomo si su cuota de 2023 se ajusta a sus rendimientos, si es mayor de la que le corresponde (en cuyo caso, se ofrecerá al interesado la devolución que le corresponda), o si es inferior a la cotización que debía pagar.
Si la cotización fuera superior a la correspondiente a la base máxima del tramo de los rendimientos, la Tesorería procederá a devolver al autónomo la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente a aquél en el que la administración tributaria haya comunicado los rendimientos computables (en este caso, 30 de abril de 2025).
Si la cotización fuera inferior, el autónomo deberá ingresar las diferencias antes del último dia del mes siguiente al de la notificación. Por ejemplo, si la notificación tiene fecha del 15 de septiembre, dispondrá hasta el 31 de octubre para saldar su cuenta con la Tesorería de la Seguridad Social y regularizar sus cuotas de 2023, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno siempre que se abone en ese plazo, según consta en la carta remitida ahora a los autónomos.
En todo caso, el departamento fiscal y laboral de ASAJA-Palencia permanece ya atento a las notificaciones de la Seguridad Social de los asociados sobre esta cuestión, y está abierto para resolver dudas acerca de la materia.
NUEVO SISTEMA. Con la entrada en vigor el 1 de enero de 2023 del Real Decreto-ley 13/2022 de 26 de julio de 2022, se establece un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos y se mejora la protección por cese de actividad. La regularización anual es uno de los aspectos novedosos del sistema que les obliga a cotizar a la Seguridad Social en función de sus rendimientos netos anuales, obtenidos en el ejercicio de todas sus actividades económicas, empresariales o profesionales.
Las bases mensuales elegidas cada año tienen un carácter provisional hasta que se proceda a la regularización anual de la cotización. Finalizado el año natural, la Administración Tributaria facilitará a la Tesorería información sobre los rendimientos anuales reales percibidos.
CONVERGENCIA. El sistema anterior permitía al trabajador autónomo elegir su base de cotización con independencia de los rendimientos de la actividad, lo que llevó a que prácticamente cuatro de cada cinco autónomos optase por la base mínima. Esto convertía a este régimen en deficitario e insostenible para la Seguridad Social, contrario a los principios de contributividad y de solidaridad.
Por ello, así planteado, su futuro dependía de las aportaciones de otros regímenes, lo que contravenía el Pacto de Toledo, que aboga por avanzar hacia dos únicos encuadramientos, uno para trabajadores por cuenta ajena y otro para los trabajadores por cuenta propia, con una protección social equiparable, a partir de cotizaciones también similares en ambos colectivos./