ASAJA pide que la administración impida que algunas entidades financieras condicionen los préstamos a contratar sus productos

Desde mañana y hasta el próximo 4 de noviembre los titulares de explotaciones agrarias de Castilla y León afectadas por la sequía y otros fenómenos meteorológicos adversos pueden solicitar el reconocimiento del derecho a la suscripción de los préstamos bonificados por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural. Hoy se publica en el boletín oficial de Castilla y León la orden de bases que regula este primer paso para acceder al préstamo. Obtenido este reconocimiento, el agricultor o ganadero deberá formalizar el préstamo con una entidad financiera y, posteriormente, solicitar el pago de la subvención de intereses, cuando se convoque.

ASAJA valora que se ponga en marcha, por fin, esta medida, pero lamenta que la administración no haya considerado ninguna de las peticiones formuladas por la organización profesional agraria para mejorarla y evitar problemas que ya se detectaron en la convocatoria de la sequía de 2017. Así, la Consejería no ha aceptado que se subvencione una parte del capital del préstamo en aquellas zonas en que la sequía haya afectado en mayor medida a los rendimientos, fundamental para las provincias y áreas más castigadas; ni tampoco permite a las explotaciones en integración mixtas (con base agraria) acceder a los préstamos, ni que se tenga en cuenta en la cuantía máxima del préstamo bonificado el número de miembros de las entidades asociativas que cumplan los requisitos de agricultor profesional.

A ASAJA también le preocupa la segunda parte, la formalización de los préstamos, porque “no se debe permitir que se repitan las irregularidades y abusos de 2017 por parte de algunas entidades financieras, que condicionaron la concesión de los préstamos a la contratación de otros productos parafinancieros (como seguros) y domiciliaciones de ingresos”, tal como denunció la organización. Por ello, ASAJA ha pedido al consejero de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural, Jesús Julio Carnero, que las organizaciones profesionales agrarias tengan conocimiento de los convenios con las entidades financieras antes de que sean firmados por la Administración, así como que se extreme la vigilancia del proceso para evitar que se repitan estas situaciones.

Condiciones del préstamo

A continuación, se resumen las principales condiciones de estos préstamos, de los que pueden ser beneficiarios de estas subvenciones las personas físicas, jurídicas, comunidades de bienes, explotaciones de titularidad compartida y sociedades civiles, titulares de explotaciones agrarias inscritas en el Registro de Explotaciones Agrarias de Castilla y León (REACYL), que cumplan los siguientes requisitos:

  • Estar de alta en la Seguridad Social en el sector agrario por cuenta propia (SETA o/y RETA).
  • Obtener al menos, el 50% de su renta total de actividades agrarias o de actividades agrarias complementarias, quedando excluidos de cumplir este requisito los agricultores jóvenes que se hayan incorporado a la actividad agraria con posterioridad al 1 de enero de 2016.
  • En personas jurídicas, comunidades de bienes, explotaciones de titularidad compartida y sociedades civiles, que su actividad principal sea la agraria y la actividad subvencionada tenga cabida dentro del objeto o fines sociales de la misma, así como que el 50% de sus socios cumplan los dos requisitos anteriores.
  • Obtener el reconocimiento del derecho a la suscripción de un préstamo preferencial bonificado.
  • Formalizar dicho préstamo con alguna de las entidades financieras colaboradoras.
  • Suscribir una póliza o contrato de seguro en las líneas de seguros para producciones agrícolas o ganaderas comprendidas en los Planes de Seguros Agrarios Combinados de los años 2018 y 2019 antes del 31 de octubre de 2019 y comprometerse a mantenerlo tres años más.
  • Los titulares de explotaciones agrarias que, no habiendo suscrito una póliza o contrato de seguro, se comprometan a suscribirlo a partir del 31 de octubre de 2019 y antes del 15 de octubre de 2020, y a mantener el seguro dos años más.
  • No se exige la obligación de suscribir una póliza o contrato de seguro a los titulares de explotaciones apícolas.

Se bonificaría como máximo el 100% de los intereses de los préstamos preferenciales, hasta un máximo de 1,5 puntos porcentuales para los agricultores que suscriban un seguro antes del 31 de octubre de 2019, aunque si no se ha suscrito, pero se compromete su suscripción a partir del 31 de octubre de 2019 y antes del 15 de octubre de 2020, la bonificación sería como máximo del 50% de los intereses de los préstamos preferenciales, hasta un máximo de 0,75 puntos porcentuales.

La subvención de los intereses se daría solo para los cinco primeros años de los comprendidos en el plazo de amortización del préstamo preferencial y las ayudas se abonarían con periodicidad anual, a año vencido.

Los préstamos serían de hasta 40.000 euros, con un plazo de amortización que no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste un año de carencia, y solamente se podrán formalizar en las entidades financieras que hayan firmado convenio de colaboración con la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Rural.

ASAJA recuerda a los agricultores y ganaderos interesados que pueden acudir a nuestras oficinas para conocer todos los detalles sobre estos préstamos y ser asesorados en su solicitud.

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