Los supuestos por los que se pueden realizar modificaciones son:
• Manifiesto error material en la cumplimentación.
• Inclusión de nuevas parcelas.
• Cambio de cultivo ( se admiten todo tipo de modificaciones en los cultivos y retiradas).
Es importante recordar que las parcelas de retirada deben permanecer libres de cultivo, salvo las que hayan realizado contrato de ecocarburantes, entre el 15 de enero y el 31 de agosto del año en curso.
En caso de no haber podido realizar la siembra de ecocarburantes en tierras de retirada será necesario anular, total o parcialmente, el contrato antes del 15 de junio de 2006.

FECHAS
Las fechas límites de siembra y por lo tanto para realizar las comunicaciones de no siembra es el 31 de mayo del 2006.
Es importante recordar que el girasol se debe sembrar con semilla certificada y con unas dosis mínimas de siembra de 2,5 Kg/Ha en secano y 4,5 kg/ha en regadío, siendo necesario presentar la factura de la compra de semilla de girasol debidamente firmada y sellada, antes del 15 de julio de 2006.

DOCUMENTACIÓN
La documentación necesaria para realizar las modificaciones de la PAC es:

• PAC-2006
• Pegatinas Junta de Castilla y León.
• Contrato de ecocarburantes (para quienes los hayan realizado y necesiten modificarlo o anularlo).
• Planos (siguiendo los mismos criterios que para realizar la PAC-2006: recintos de más de 10 hectáreas que no se declaren completos en la PAC.).

Cuando reciban el contrato de ecocarburantes o cultivos energéticos, deben presentarlo en la SAC donde presentaron la PAC

SOLICITAR EL PAGO ADICIONAL

•A todos aquellos cultivadores que tengan pago adicional a la mejora de la calidad de la producción de la remolacha azucarera: tendrán derecho todos los cultivadores que poseyendo contrato de remolacha ésta sea entregada como mínimo con 13,5º polarimétricos y un descuento inferior al 5%

MODIFICACIONES DE LA PAC AFECTADA POR LA COMUNICACIÓN DE NUEVOS DERECHOS COMO CONSECUENCIA DE LA REFORMA DEL AZÚCAR

•Si el agricultor declaró un número de hectáreas admisibles igual o superior al necesario para justificar todos sus derechos provisionales de pago único que figuran en la última comunicación efectuada NO será necesario que modifique la solicitud
•En caso contrario, es decir, cuando el número de hectáreas admisibles declaradas para justificar derechos de pago único sea inferior al número de derechos provisionales comunicados, los agricultores podrán modificar su solicitud para añadir más hectáreas a dichos derechos
•En el periodo de modificaciones se admitirán excepcionalmente solicitudes de reasignación de derechos de pago único y de la reserva, pero referidos únicamente al sector del azúcar.