La Seguridad Social empezará la segunda quincena de noviembre a comunicar a los autónomos, mediante notificación en la sede electrónica de la Seguridad Social , si su cuota se ajusta al rendimiento neto de su actividad de 2023, conforme a la declaración del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF). La Tesorería de la Seguridad Social, que abrirá así el trámite de audiencia anterior a las resoluciones, que empezarán en diciembre, prevé completar todo el proceso a más tardar el 30 de abril de 2025.

El 1 de enero de 2023 entró en vigor el nuevo sistema de cotizaciones de los trabajadores autónomos, según comunicó la Seguridad Social hace meses a los afiliados en este régimen, tal y como informamos ya a nuestros asociados. Ahora, tras recabar de la Agencia Tributaria los datos del IRPF de 2023, se comunicará en las próximas semanas si las cuotas de este primer año de vigencia se han ajustado o no.

Si la cotización es superior a la que corresponde por los rendimientos netos, la Tesorería procede a devolver de oficio al autónomo la diferencia antes del 30 de abril del ejercicio siguiente al de la presentación de la declaración del IRPF (en este caso, 2025). Esta devolución se estima que se hará efectiva en los meses de febrero a abril de 2025. No obstante, el interesado puede mantener la cotización siempre que se encuentre en la horquilla de cuota mínima y máxima establecida para su nivel de rendimientos.

Si la cotización es inferior a la mínima de su tramo, el autónomo debe ingresar las diferencias antes del último día del mes siguiente a la notificación. Por ejemplo, si se notifica la resolución el 10 de diciembre, dispondrá hasta el 31 de enero para saldar su cuenta con la Tesorería de la Seguridad Social y regularizar sus cuotas de 2023, sin aplicación de interés de demora ni recargo alguno siempre que se abone en plazo.

En todo caso, el departamento fiscal y laboral de ASAJA-Palencia permanece ya atento a las notificaciones de la Seguridad Social de los asociados sobre esta cuestión, y tiene las puertas y los teléfonos abiertos para resolver dudas sobre la materia.

QUINCE FRANJAS SEGÚN RENDIMIENTOS. El sistema anterior permitía al autónomo elegir su base de cotización con independencia de los rendimientos de la actividad. Esto derivó en que prácticamente cuatro de cada cinco autónomos optasen por la base mínima, lo que convertía a este régimen en deficitario e insostenible para la Seguridad Social, además de contrario a los principios de contributividad y de solidaridad.

En función de los rendimientos netos mensuales de 2023, se han fijado quince franjas con la horquilla de bases mínimas y máximas para calcular la cuota mensual. Tres de esas franjas son reducidas, para rendimientos medios mensuales inferiores a 1166,70 euros (aproximadamente, un equivalente al salario mínimo interprofesional del ejercicio).

El nuevo sistema aplica a los autónomos con ingresos más bajos una reducción de cuota de aproximadamente el 30 % con respecto a las precedentes. Además, hay una cuota bonificada para los nuevos autónomos: ochenta euros durante doce meses, ampliable a doce meses más si sus rendimientos netos siguen siendo bajos. 

A título orientativo reproducimos la tabla difundida en su revista por la Secretaría de Estado de la Seguridad Social y Pensiones.