Normas de condicionalidad
SUPERFICIE SIN RECOLECTAR
Las normas de condicionalidad que se exigen a los perceptores de ayudas de la PAC, obligan a los agricultores de secano a dejar sin cosechar el 1 por mil de su superficie de cultivo (cereales, oleaginosas, proteaginosas y leguminosas grano), que pude quedar en una o en varias parcelas (máximo tres rodales por explotación). Hay excepciones a esta obligación cuando en la explotación hay también girasol o alfalfa en al menos el 10 por ciento de la superficie. Además, no se pueden labrar los rastrojos de fincas cosechadas para grano o forraje antes del 1 de septiembre, salvo que se trate de una labor vertical poco profunda.