En el Bocyl del 1 de octubre de 2019 se publica la Orden AGR/860/2019, por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones para préstamos preferenciales con motivo de la sequia de 2019. Hecha esta solicitud, y contestada favorablemente por parte de la consejería de Agricultura, se abre el plazo para suscribir con el banco que el agricultor o ganadero elija, la póliza del préstamo.
Beneficiarios:
- Titulares de explotaciones que coticen a la Seguridad Social agraria.
- En el caso de sociedades, reunir los requisitos de explotación prioritaria.
Condiciones de los préstamos:
- Cuantía máxima de 40.000 euros por explotación.
- Interés 1,5% subvencionado en su totalidad.
- Obligación de suscribir los seguros agrarios (Agroseguro).
- Plazo hasta 5 años con la posibilidad de 1 de carencia.
- Libre elección de entidad financiera sin necesidad de aval de SAECA.
- Serán garantías para la operación las que exija a cada cliente la entidad financiera.
- Son préstamos para circulante, no hay que justificar a qué se destinan.
Tramitación del derecho a la ayuda:
- Oficinas de ASAJA o directamente el interesado en la Junta.
Cobro de la ayuda:
- El beneficiario solicitará cada año el abono del importe de los intereses que previamente habrá pagado al banco con las amortizaciones del préstamo.
ASAJA / 01-10-2019.