RESUMEN DE LAS AYUDAS A ZONAS DE MONTAÑA Y ZONAS DESFAVORECIDAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEON PERIODO 2015/2020

RESUMEN DE LAS AYUDAS A ZONAS DE MONTAÑA Y ZONAS DESFAVORECIDAS DEL PROGRAMA DE DESARROLLO RURAL DE CASTILLA Y LEON PERIODO 2015/2020

 

(VERSIÓN NOVIEMBRE DE 2014 PENDIENTE APROBACIÓN)

 PAGOS COMPENSATORIOS ZONAS DE MONTAÑA

Se trata de una compensación que permita a los agricultores continuar con el uso de la tierra, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas agrícolas sostenibles en las zonas de montaña a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad. Se han de reunir los requisitos establecidos para ser beneficiarios – como el ser agricultor a título principal o explotación prioritaria- y pueden establecerse criterios de selección favoreciendo a explotaciones situadas en la Red Natura 2000. 

La ayuda estará comprendida entre el mínimo de 300 y el máximo de 2.500 euros por explotación. Se percibirá una ayuda por hectárea de 80 euros en municipios de “alta montaña”, de 70 euros en municipios de “media montaña” y de 60 euros en municipios de “baja montaña”. En los casos de superficie forrajera, que son la mayoría, se ha de cumplir una carga ganadera de 1UGM por hectárea. No serán elegibles explotaciones con menos de 5 hectáreas y en su caso 5 UGM. Se considera alta montaña a la altitud superior a 1.500 metros, media montaña entre 1.200 y  1.500 y baja montaña menos de 1.200 metros. 

La superficie máxima por la que se pueden conceder ayudas es de 60 hectáreas pero se aplica el criterio de la degresividad que supone que en la práctica no se concedan ayudas a más de 27,5 hectáreas. 

La mayoría de los solicitantes con derecho a ayuda, en estas zonas, tendrán derecho a la ayuda máxima, que sería la siguiente:

 

 

 

CASO GENERAL

VACUNO DE LECHE

Alta montaña

2.200

2.500

Media montaña

1.925

2.310

Baja montaña

1.650

1.980

 

 

 

 

PAGOS COMPENSATORIOS A ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES SIGNIFICATIVAS

Se trata de una compensación que permita a los agricultores continuar con el uso de la tierra agrícola, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas agrícolas sostenibles en zonas distintas a las de montaña con limitaciones naturales significativas a fin de evitar el abandono de tierras y la biodiversidad. Es un pago anual por hectárea de superficie cultivada o aprovechada por el ganado. No son elegibles explotaciones de menos de 5 hectáreas. Existen unos requisitos que han de reunir los beneficiarios – como el ser agricultor a título principal o explotación prioritaria- y además se puede priorizar en las zonas Red Natura 2000.

Por su tamaño, quedan excluidas las explotaciones con una base territorial superior a 250 hectáreas, las explotaciones de secano de más de 180 hectáreas, las de regadío de más de 40 hectáreas y las explotaciones ganaderas de más de 300 UGM.

La ayuda está comprendida entre un mínimo de 300 euros y un máximo de 2.500 euros. En el caso de superficie forrajera, se ha de cumplir la carga ganadera de 1UGM (a estos efectos no se consideran las UGM del ganado que no aproveche la superficie forrajera).

No se concederá ayuda a superficie a partir de 60 hectáreas, y además existe un sistema de degresividad por tramos de superficie de cultivo y forrajeras  según el cual la superficie subvencionable tendrá un tope de 27,50 hectáreas. Esto para secano y pastos, por lo tanto la mayoría de los agricultores y ganaderos profesionales de Castilla y León tienen esta superficie y percibirán la ayuda por la superficie máxima antes citada. En el caso de regadío, la superficie máxima que se considera es de 10 hectáreas.

La ayuda es distinta según los rendimientos del municipio en el que esté la explotación según el Plan de Regionalización Productiva. Considerando la superficie máxima de 27,5 hectáreas por explotación para el secano y la máxima de 10 hectáreas para el regadío, la ayuda que se percibiría sería la siguiente:

 

 

Rendimientos hectárea

€/ha

Importe total

1,2 t/ha

56

1.540

1,5 t/ha

45

1.237,5

1,8 t/ha

38

1.045

2,0 t/ha

34

935

2,2 t/ha

31

852,5

2,5 t/ha

27

742,5

2,7 t/ha

25

687,5

Superficies en regadío

25

250

El agricultor que únicamente declare superficies en regadío, el máximo que percibiría serían 250 euros (10 ha por 25 €/ha),  y como está por debajo de la ayuda mínima de 300 euros por explotación, percibiría 300 euros.

PAGOS COMPENSATORIOS POR OTRAS ZONAS AFECTADAS POR LIMITACIONES ESPECÍFICAS

Se trata de una compensación que permita a los agricultores y ganaderos continuar con el uso de la tierra agrícola, la conservación del espacio natural, así como el mantenimiento y la promoción de sistemas agrícolas sostenibles en zonas con otras limitaciones específicas a fin de evitar el abandono de las tierras y la pérdida de la biodiversidad. Pago anual por hectárea de superficie agraria cultivada o aprovechada por el ganado. Los beneficiarios han de reunir una serie de requisitos, como el ser agricultor a título principal o explotación prioritaria.

La ayuda estará comprendida entre un mínimo de 300 euros por explotación y un  máximo  de 2.500 a razón de 96 euros por hectárea en municipios de alta montaña, de 84 euros por hectárea en municipios de media montaña y de 72 euros en municipios de baja montaña. La superficie a partir de la cual no se concederá ayuda  es 60 hectáreas, además se aplica una modulación degresiva, que supone que el máximo de superficie subvencionable sea de 27,5 hectáreas. En el caso de explotaciones de vacuno de leche los importes se incrementarán un 20%. No se concederá ayuda a explotaciones de menos de 5 hectáreas. La superficie forrajera ha de tener una carga ganadera de 1UGM por hectárea.

VALORACION DE ASAJA DE LEON DE ESTA PROPUESTA 

  • Corrige desequilibrios de convocatorias anteriores produciéndose por fin un trato distinto y favorable a las zonas de montaña con respecto a otras zonas desfavorecidas. Se valora positivamente que no se excluye por el tamaño de la explotación en estas zonas de montaña.
  • En las zonas desfavorecidas, parece acertado el criterio de que los importes tengan relación inversa a los rendimientos del Plan de Regionalización Productiva.
  • Respecto a que quedan explotaciones excluidas en función de un determinado tamaño de las mismas, se entiende si el razonamiento es administrar más justamente unos recursos escasos, no desde otros puntos de vista.
  • Es acertado el criterio de que vayan dirigidas exclusivamente a explotaciones de agricultores a título principal o explotaciones prioritarias.
  • ASAJA está en contra de que la superficie máxima indemnizable en el regadío sea tan solo de 10 hectáreas ya que no permite tan siquiera cobrar el mínimo por explotación de 300 euros. Si se mantienen las 40 hectáreas (los de más de 40 hectáreas estarían excluidos), al aplicar la modulación degresiva se quedaría en un tope máximo de 17,5 hectáreas, y por tanto una ayuda máxima por explotación y año de 437,5 euros.

 

ASAJA LEON/NOVIEMBRE 2014