El transporte de animales por carretera está regulado, entre otra normativa, por la Orden AYG/398/2006 de nueve de marzo.
¿Qué hace falta para transportar animales?
El transporte de animales por carretera está regulado, entre otra normativa, por la Orden AYG/398/2006 de nueve de marzo. Muchos ganaderos transportan los animales con vehículos propios con destino a otros pastos, a mataderos, mercados, o centros de concentración como son las cooperativas. Según esta normativa, la documentación de la que será garante el transportista y que deberá de acompañar en todo momento el transporte es la siguiente:
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Autorización del transportista, expedida por la Junta.
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Autorización del vehículo, expedida también por la Junta.
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Copia de certificado acreditativo de haber realizado el curso en materia de bienestar animal.
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Libro de Registro de Transporte de animales debidamente cumplimentado.
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Certificado de limpieza y desinfección del medio de transporte.
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Guía de los animales, expedida por al Unidad Veterinaria o por el ganadero, según los casos.
La ausencia de cualesquiera de estos documentos ocasionaría la correspondiente sanción.