Los representantes de los Estados miembros (Coreper) han refrendado hoy el mandato de negociación del Consejo sobre el Reglamento relativo a las plantas obtenidas mediante nuevas técnicas genómicas (NGT) y a sus alimentos y piensos.
La propuesta tiene por objeto impulsar la innovación y la sostenibilidad en el sector agroalimentario, contribuyendo al mismo tiempo a la seguridad alimentaria y reduciendo las dependencias externas. El Reglamento garantizaría una sólida protección de la salud humana, animal y medioambiental, al tiempo que garantizaría que el sector de la mejora vegetal sea seguro, transparente y competitivo.
Principales elementos de la propuesta
La nueva legislación tiene por objeto adaptar las normas de la UE a los avances tecnológicos de las últimas décadas.
La propuesta crea dos vías distintas para la comercialización de las plantas de NGT:
- Plantas NGT de categoría 1: pueden producirse de forma natural o mediante métodos convencionales de cría; estarían exentos de las normas actualmente establecidas en la legislación sobre OMG y no estarían etiquetados; Sin embargo, las semillas producidas a través de esas técnicas tendrían que ser etiquetadas
- Plantas NGT de categoría 2: todas las demás plantas NGT; se aplicarían las normas previstas en la legislación sobre OMG (incluida una evaluación de riesgos y una autorización antes de su comercialización); Serían etiquetados como tales
Además, la propuesta excluye el uso de NGT en la producción ecológica.
Principales cambios acordados por el Consejo
El Consejo apoya los principales elementos mencionados de la propuesta de NGT, publicada por la Comisión Europea.
Sin embargo, el Consejo sugiere una serie de cambios en su mandato de negociación, teniendo en cuenta los objetivos medioambientales y sanitarios, así como las preocupaciones relativas a las patentes. Entre ellas se encuentran:
Cultivo y presencia de nuevas técnicas genómicas de plantas
- Exclusión voluntaria del cultivo: en virtud del mandato del Consejo, los Estados miembros pueden decidir prohibir el cultivo de plantas NGT de categoría 2 en su territorio
- Medidas opcionales de coexistencia: los Estados miembros pueden adoptar medidas para evitar la presencia involuntaria de plantas NGT de categoría 2 en otros productos y deberán adoptar medidas para prevenir la contaminación transfronteriza
- La posición del Consejo también aclara que, con el fin de evitar la presencia involuntariade plantas NGT de categoría 1 en la agricultura ecológica en sus territorios, los Estados miembros pueden adoptar medidas, en particular en zonas con condiciones geográficas específicas, como determinados países insulares mediterráneos y regiones insulares
Categoría 1: nuevas técnicas genómicas, plantas y patentamiento
De conformidad con el mandato del Consejo, al solicitar el registro de una planta o producto NGT de categoría 1, las empresas o los obtentores deben presentar información sobre todas las patentes existentes o pendientes. La información sobre patentes debe incluirse en una base de datos pública creada por la Comisión en la que se enumeren todas las plantas de NGT que hayan obtenido la categoría 1. La base de datos tiene como objetivo garantizar la transparencia de las plantas NGT 1. En caso de ser necesario, se deberá actualizar la información sobre patentes incluida en esta base de datos.
Además, con carácter voluntario, las empresas o los obtentores también pueden informar del titular de la patente de conceder licencias para el uso de una planta o producto NGT 1 patentado en condiciones equitativas.
Grupo de expertos en patentes
El mandato del Consejo prevé la creación de un grupo de expertos sobre el efecto de las patentes en las plantas NGT, con expertos de todos los Estados miembros y de la Oficina Europea de Patentes.
Estudio sobre el patentamiento
De acuerdo con el mandato del Consejo, un año después de la entrada en vigor del Reglamento, la Comisión deberá publicar un estudio sobre el impacto de las patentes en la innovación, en la disponibilidad de semillas para los agricultores y en la competitividad del sector de la mejora vegetal de la UE. El estudio también se centrará especialmente en cómo los obtentores pueden tener acceso a las plantas NGT patentadas.
Para elaborar el estudio, la Comisión tendrá en cuenta las conclusiones del grupo de expertos en patentes y las aportaciones del sector de la mejora vegetal.
Si procede, la Comisión indicará las medidas de seguimiento necesarias o publicará una propuesta legislativa para abordar los problemas detectados en el estudio.
Si el primer estudio no prevé ninguna medida de seguimiento o una nueva propuesta legislativa, la Comisión estaría obligada a publicar un segundo estudio entre cuatro y seis años después de la publicación del primero.
Etiquetado
Las plantas NGT de categoría 2 deben contener una etiqueta que las indique como tales, de conformidad con la propuesta de la Comisión.
El Consejo propone que, en caso de que en la etiqueta aparezca información sobre las características modificadas, esta debe abarcar todas las características pertinentes (por ejemplo, si una planta está exenta de gluten y es tolerante a la sequía debido a cambios genómicos, ambas características o ninguna de ellas deben mencionarse en la etiqueta).
El Consejo propone esto para garantizar que los consumidores tengan acceso a una información precisa y completa.
Rasgos
El mandato de negociación del Consejo establece que la tolerancia a los herbicidas no puede ser una de las características de las plantas NGT de categoría 1.
El Consejo propone este cambio con el fin de garantizar que dichas plantas sigan estando sujetas a los requisitos de autorización, trazabilidad y seguimiento de las plantas NGT de categoría 2.
Pasos siguientes
El acuerdo sobre el mandato de negociación del Consejo permite a su Presidencia iniciar negociaciones con el Parlamento Europeo sobre el texto final del Reglamento. El resultado final deberá ser adoptado formalmente por el Consejo y el Parlamento antes de que el Reglamento pueda entrar en vigor.
Fondo
Las NGT son herramientas innovadoras que pueden contribuir a la sostenibilidad y la resiliencia de nuestros sistemas alimentarios.
El término NGTs abarca una variedad de técnicas que adaptan las semillas de una manera que también puede ocurrir en la naturaleza o a través de técnicas convencionales de mejoramiento.
Mediante el uso de estas técnicas, se pueden desarrollar variedades vegetales mejoradas con mayor rapidez y características específicas que puedan responder a los retos a los que se enfrenta el sector agroalimentario. Por ejemplo, esas nuevas variedades pueden ser más resistentes a los efectos del cambio climático y requerir menos fertilizantes y pesticidas.
En la última década, se han desarrollado una variedad de NGT basadas en los avances de la biotecnología. Esas nuevas tecnologías no existían en 2001, cuando se adoptó la legislación de la UE sobre OMG. Es por eso que las plantas obtenidas a través de NGT están actualmente sujetas a las mismas reglas que los OGM.
Las nuevas normas garantizarían que las plantas de NGT disponibles en el mercado de la UE sean tan seguras como las variedades criadas convencionalmente. La propuesta abarca las plantas que contienen pequeñas modificaciones en su material genético (mutagénesis dirigida) o inserciones de material genético de la misma planta o de plantas cruzables (cisgénesis, incluida la intragénesis).
Los OMG siguen estando regulados por la legislación de la UE sobre OMG, que se mantiene sin cambios.
El 5 de julio de 2023, la Comisión adoptó su propuesta de regulación de las nuevas técnicas genómicas. El trabajo técnico dentro del Consejo comenzó en julio de 2023. El Parlamento Europeo alcanzó su posición sobre la propuesta en abril de 2024.