La Dirección General de la PAC de la Junta de Castilla y León ha emitido una Resolución por la que se  establece como CIRCUNSTANCIA EXCEPCIONAL la presencia elevada de topillos, y consecuencia de ello se establece un régimen de actuaciones de FLEXIBILIDAD en relación a ciertos eco regímenes contemplados en el Plan Estratégico de la PAC para España.

Estas medidas se adoptan en comarcas en las que se considera población elevada de topillos, que en el caso de la provincia de León es Esla Campos y Sahagún. También, entre otras, las comarcas limítrofes con León de Campos Pan en Zamora, Campos en Palencia y  Tierra de Campos en Valladolid.

Las medidas de flexibilidad son las siguientes:

  1. En la práctica de siembra directa, se permite el laboreo vertical, siempre y cuando se cumpla con la obligación de mantener el rastrojo sobre el suelo, de manera que este esté cubierto durante todo el año. El laboreo podrá tener lugar tras la cosecha de 2024, por lo que tendrá efectos en la campaña 2025.
  2. En la práctica de establecimiento de espacios de biodiversidad, se permitirá la recolección de superficies de cereal no cosechado con anterioridad al 1 de septiembre de 2024. En estos caso, de forma inmediata, tras la recolección, se procederá a retirar las pacas y cordones de paja para evitar que el topillo encuentre protección y se resguarde bajo ellos.

Asaja. León, 13 de agosto de 2024.