SUBSANACIÓN DEL ANUNCIO DE 1.ª SUBASTA DE APROVECHAMIENTOS DE PASTOS EN PUERTOS PIRENAICOS Y PASTOS SOBRANTES, EN MONTES DE UTILIDAD PÚBLICA PARA SER APROVECHADOS DURANTE EL AÑO 2023

Advertido error en el anuncio publicado en el Boletín Oficial de La Provincia de León, número 240, de fecha 19 de diciembre de 2022, en el anexo II: relación de Pastos Sobrantes y Puertos Pirenaicos en montes de U.P. para ser aprovechados durante el año 2023, de acuerdo con el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento administrativo común de las administraciones Públicas, debe efectuarse la siguiente corrección:
  • Modificar en el anexo II, el aprovechamiento del Monte 158-159-163-165, perteneciente al ayuntamiento de Sena de Luna, en el paraje “Parcela Sur del pantano”, en la columna “N.º años”, donde pone – 1 – ha de poner – 5.
  • Modificar en el anexo II, el aprovechamiento del Monte 435, perteneciente a las EE.LL.MM. de Boca de Huérgano, Barniedo de la reina, Espejos de la reina y Villafrea de la Reina, en el paraje “Magánaves, rasa y otros”, en la columna “OBS.”, donde pone – (7) – ha de poner – (4) (7). La fecha de presentación de documentación se modifica a: Mes febrero, día 1 y la fecha de subasta se modifica a: Mes febrero, día 24, manteniéndose la hora y el local.
  • Modificar en el anexo II, el aprovechamiento del Monte 635, perteneciente a la E.L.M. de Valverdín, en el paraje “La Solana y Los Setos”, en la columna “Local” de la subasta, donde pone “casa concejo” debe poner “Ayuntamiento de Cármenes”, manteniéndose igual el mes, día y hora de la subasta.
  • Modificar en el anexo II, el aprovechamiento del Monte 638, perteneciente a la E.L.M. de Canseco, en el paraje “Murias y Valmayor”, en la columna “Local” de la subasta, donde pone “casa concejo” debe poner “Ayuntamiento de Cármenes”, manteniéndose igual el mes, día y hora de la subasta.
  • Modificar en el anexo II, el aprovechamiento del Monte 779, perteneciente a la E.L.M. de Valporquero, en el paraje “Cutil de fierro”, en la columna “Superficie (ha)”, donde pone “338,70” debe poner “167,66”.
  • Además, a petición de la Entidad Local de Robledo de Caldas se hace necesario: anular, el aprovechamiento del Monte 155, que corresponde a la entidad propietaria de robledo de caldas.

PUBLICADO EN EL BOLETIN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE LEÓN  EL 11/01/2023