Real Decreto 1055/2021, de 30 de noviembre, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión directa de las subvenciones estatales para la renovación del parque nacional de maquinaria agraria.
Orden por la que se convocan las ayudas correspondientes al Plan de renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (PLAN RENOVE) para el ejercicio 2024.
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación acaba de publicar la convocatoria de las ayudas correspondientes al Plan de Renovación del Parque Nacional de Maquinaria Agrícola (PLAN RENOVE) para este año 2024.
El plazo para la tramitación de las ayudas, comienza el JUEVES día 8 de AGOSTO y finaliza el día 15 de SEPTIEMBRE. Se aprueban por orden de solicitud, por lo tanto, y ante el riesgo de que se agote el dinero, es importante ser los primeros en solicitarlo el propio día 8 tan pronto se abra la aplicación informática. EL DIA QUE SE SOLICITE, TIENE QUE ESTAR YA LA MÁQUINA COMPRADA E INSCRITA, Y A LA VEZ NO PUEDE ESTAR COMPRADA E INSCRITA ANTES DEL 26 DE JULIO.
Pueden ser beneficiarios:
- Personas físicas o jurídicas, o agrupaciones de personas físicas o jurídicas, incluidos entes sin personalidad jurídica, titulares de una explotación agraria inscrita en el Registro General de la Producción Agrícola (REGEPA) o en el Registro de Explotaciones Ganaderas (REGA). En el caso de cooperativas, sociedades agrarias de transformación (SAT) u otras agrupaciones agrarias, que sus socios o miembros sean titulares de, al menos, en conjunto, tres de dichas explotaciones.
- Personas físicas o jurídicas que prestan servicios agromecánicos con maquinaria agrícola a la agricultura, inscritas en el Impuesto de Actividades Económicas en el epígrafe 911.
- Agrupaciones de tratamientos integrados en agricultura y agrupaciones de defensa sanitaria ganadera (solo para maquinaria y equipos agrícolas destinados a sus actividades específicas).
Maquinaria y condiciones
Se subvenciona la adquisición de la siguiente maquinaria nueva:
- Máquinas automotrices: de recolección, de aplicación de productos fitosanitarios y fertilizantes, de aplicación de productos fertilizantes, cisternas para aplicación localizada de purines y equipos de manipulación y carga, y trituradoras de residuos vegetales.
- Máquinas arrastradas o suspendidas: sembradora directa, abonadora, equipos de aplicación de productos fitosanitarios, trituradoras de residuos vegetales, equipos para el mantenimiento de cubiertas vegetales y cisternas de purín con sistemas de aplicación localizada de producto en el suelo (rejas y discos), tubos flexibles (mangueras) o rígidos (para aplicación justo sobre el suelo), así como sistemas de localización de purín en el suelo independientemente de la cisterna.
Para la concesión de las ayudas habrá que achatarrar tractores o máquinas del mismo tipo que las adquiridas.
La maquinaria nueva deberá adquirirse a partir del día siguiente de publicarse la Orden de convocatoria (viernes 26 de julio) y cumplir las siguientes condiciones:
- Ser legalmente comercializables en la fecha de presentación de la solicitud.
- Los tractores deberán estar dotados con estructura de protección debidamente homologada.
- Las sembradoras directas, cisternas para purines o sus dispositivos de aplicación localizada en suelo, abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios, deberán haber sido seleccionados por el Ministerio, publicándose el listado en su página web.
- Las abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios deberán superar unas pruebas para comprobar su correcta distribución y el cumplimiento de la normativa en vigor en determinados laboratorios autorizados por el MAPA.
- Los beneficiarios no podrán enajenar la nueva maquinaria durante un período de cinco años, desde su fecha de inscripción en el ROMA.
La maquinaria sustituida deberá cumplir los siguientes requisitos:
- Ser un tractor agrícola, maquina automotriz, o maquinaria arrastrada y suspendida a vehículo tractor, del mismo tipo de la adquirida.
- Estar en condiciones de uso y no de abandono, con la ITV en vigor, como norma general, y resultado favorable, o con el único defecto de “estructura de protección no homologada” en tractores.
- Ser entregada en un centro autorizado.
- En los supuestos en que la maquina deba estar inscrita en el ROMA, deberán cumplir los siguientes requisitos:
- 1º En el caso de tractores, estar inscrito en el ROMA con una antigüedad mínima de 15 años a 1 de enero del año de convocatoria, y estar inscrito a nombre del solicitante, al menos, desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
- 2º En el caso de las maquinas agrícolas automotrices, estar inscrita en el ROMA con una antigüedad mínima de 10 años a 1 de enero del año de convocatoria, y estar inscrito a nombre del solicitante, al menos, desde el 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
- 3º En el caso de sembradoras, cisternas para aplicación de purines, equipos de aplicación de productos fitosanitarios y abonadoras, deberán haber mantenido la inscripción en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
- 4º En el caso de que la ayuda se dirija solamente a la instalación de un accesorio de aplicación localizada de purin en una cisterna en uso, esta deberá haber sido inscrita en el ROMA a nombre del solicitante, al menos desde 1 de enero del año anterior al de la convocatoria.
Importe de las ayudas
La cuantía base de la subvención en tractores es de 120 euros por Kw de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5, del tractor a retirar. Esta cuantía se podrá incrementar:
- Atendiendo a la clasificación energética del nuevo tractor:
- Por clasificación en la categoría más alta de eficiencia energética (A): 3.000 euros.
- Por clasificación en la segunda categoría más alta (B): 2.000 euros.
- Por clasificación en la tercera categoría más alta (C): 1.000 euros.
- La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 2.000 € por cumplir el nuevo tractor adquirido con la fase de emisiones más avanzada posible en su homologación.
- La cuantía base de la subvención se podrá incrementar, además, en 5.000 € si se trata de un tractor eléctrico, de pila de hidrogeno o 100% biocombustible.
- La cuantía base de la subvención se incrementará en 3.000 €, atendiendo a las deficiencias de seguridad de los tractores retirados.
La cuantía base no sobrepasará 12.000 euros y la cuantía máxima no será superior a 20.000 euros por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin impuestos.
Las máquinas automotrices agrícolas tienen una subvención base de 120 euros por kW de la potencia fiscal que figure reflejada en la ficha técnica multiplicada por 5. Esta cuantía se podrá incrementar en 2.000 euros por cumplir la nueva máquina automotriz adquirida con la fase de emisiones más avanzada posible en su homologación.
La cuantía base no sobrepasará 25.000 euros y la cuantía máxima no sobrepasara 27.000 euros por beneficiario, ni el 30% del coste total de adquisición sin IVA.
- Las abonadoras y equipos de aplicación de productos fitosanitarios tienen una subvención del 30% de la inversión realizada para la máquina nueva sin IVA, y no podrá superar los 4.500 euros en el caso de abonadoras y de 6.000 euros para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
- La cuantía base de la subvención se podrá incrementar en 1.000 € si se achatarra otra abonadora o equipo de aplicación de productos fitosanitarios registrado en el ROMA. En todo caso, la cuantía máxima no sobrepasará los 5.500 € en caso de las abonadoras, ni los 7.000 € para los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
- El importe de la ayuda correspondiente a equipos automotrices de aplicación de productos fitosanitarios y de productos fertilizantes, se calculara como el de las maquinas automotrices agrícolas
- Sembradoras directas, cisternas para purines equipados con dispositivo de aplicación localizada y dispositivos de aplicación localizada de purín para ser montados en cisternas ya en uso, la cuantía se establece en el 30% de la inversión sin IVA, no obstante la subvención no podrá pasar de 20.000 € en el caso de sembradoras y cisternas de purines. Los 6.000 € en el caso de los dispositivos de aplicación localizada de purín, y los 3.000 € en las trituradoras de residuos de cosecha y restos de poda.
Financiación:
La cuantía máxima para conceder en esta convocatoria es de 9.550.000 de €, de los cuales 4.550.000 se reservan a máquinas de siembra directa.
Solicitudes
Las solicitudes se presentarán exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica de la página web del MAPA,
Las solicitudes serán atendidas por riguroso orden de presentación en el sistema electrónico de gestión, hasta el agotamiento de los fondos. Una vez agotado el presupuesto, se podrán seguir presentando solicitudes, siempre antes de la fecha de finalización del plazo el 15 DE SEPTIEMBRE, que entrarán a formar parte de una lista de espera, y que serán atendidas por orden de presentación de las mismas, supeditado a que se hayan producido anulaciones en reservas anteriores que liberen presupuesto.
Para más información, consulta en las oficinas de ASAJA de León, y en concreto con Jesús Arias o Juan Manuel Alonso, responsables del departamento de ayudas de modernización de explotaciones.
ASAJA. Leon, 25 de julio de 2024.