Orden AYG/636/2018 de 15 de junio (BOCYL 20-06-2018).
La mayoría de las entidades financieras que operan en Castilla y León tienen firmado un convenio con la consejería de Agricultura, que a su vez lo tiene con el ministerio de Agricultura, para gestionar préstamos garantizados por el instrumento financiero de gestión centralizada FEDER 2014-20, en el marco del Programa de Desarrollo Rural.
Las actuaciones del instrumento financiero se desarrollarán a través de la concesión de préstamos garantizados para la financiación rural. Los proyectos que pueden ser objeto de financiación son las inversiones en explotaciones agrarias, las inversiones en la transformación y comercialización de productos, y las inversiones en materia forestal.
El instrumento financiero garantiza préstamo a préstamo hasta el 80%, cuantía a la que hará frente ante una primera pérdida, y el 20% restante será asumido por la entidad financiera que hace la operación, aunque existe una tasa de límite máximo de la garantía del 20% de la cartera.
Para ser destinatarios de estos préstamos, el interesado ha de obtener el reconocimiento del derecho por parte de la Consejería de Agricultura y Ganadería, y a su vez un informe previo de solvencia crediticia de SAECA.
El catálogo de préstamos que se ofrecen es de una duración de 3, 5, 8, 10, 12, 15 o 20 años de vida, contemplándose la posibilidad de 1, 2, 3 o 4 años de carencia, esta última sólo para préstamos a 20 años
Finalidad de los préstamos
El préstamo siempre estará asociado a una inversión y se destinará tanto a hacer dicha inversión como al circulante si fuera el caso. Si se necesita para inversión y circulante, en determinadas circunstancias se requerirán dos operaciones. Los préstamos de circulantes no podrán superar los 5 años.
Cuando el solicitante del préstamo hay pedio a su vez una subvención (p.e. planes de mejora de explotaciones), el plazo transcurrido entre ambas no será superior a un mes. En ningún caso se podrá utilizar la subvención para reembolsar el importe del préstamo.
Operaciones susceptibles de apoyo financiero mediante préstamos garantizados:
  1. Las dirigidas a la mejora cualitativa, la ordenación, la homogenización y la diversificación de las producciones en función de las necesidades del mercado. Inversiones destinadas a la clasificación, acondicionamiento, fabricación, transformación y comercialización de los productos de la propia explotación.
  2. Las dirigidas a la adaptación de explotaciones con vistas a reducir costes de producción, ahorrar energía o agua, la incorporación de nuevas tecnologías.
  3. Las destinadas a la mejora de condiciones de higiene de explotaciones ganaderas y bienestar animal, la protección y mejora del suelo, de la cubierta vegetal y del medio ambiente.
  4. El traslado de explotaciones ganaderas fuera del casco urbano
  5. Las dirigidas a la mejora de las condiciones de vida y trabajo de los agricultores y sus empleados.
Además de lo anterior, también serán objeto de apoyo:
  1. El capital circulante.
  2. La adquisición de equipamientos de segunda mano.
  3. La compara de tierras hasta un 10% del importe total del préstamo.
Límite de los importes del préstamo: entre 400.000 euros de máximo y 10.000 euros de mínimo.
Solicitud de reconocimiento al préstamo: el interesado deberá presentar la solicitud de reconocimiento al préstamo en las entidades financieras colaboradoras, y la Junta resolverá en un mes desde que la solicitud haya tenido entrada en el registro electrónico de la Administración. El préstamo y la garantía en forma de aval individual que se suscribirá en el correspondiente contrato de afianzamiento comercial con SAECA, en nombre de IFGS, deberá de formalizarse en el plazo de seis meses a contar desde el día siguiente a la notificación de la resolución de reconocimiento del derecho.
Documentos que han de acompañar a la solicitud de reconocimiento de préstamo:
  • Planos descriptivos de la inversión.
  • Plan de negocio
  • Plan de financiación de las inversiones.
Incompatibilidades:
  1. Las inversiones relativas a la reestructuración y reconversión del viñedo.
  2. Las inversiones previstas el programa para la producción y comercialización de miel reguladas en Reglamento 1308/2013.
Tipo de interés del préstamo:
El tipo de interés no figura en la Orden de convocatoria. En la Web de la consejería de Agricultura, lo mencionan con estas características:
  • Intereses y comisiones de la entidad financiera:
    • Interés: fijo euribor anual +2%.
    • Comisión apertura: máximo 1%.
    • Comisión cancelación anticipada: sin comisión.
  • Intereses y comisiones de la garantía de SAECA:
    • Comisión de estudio: 0%.
    • Comisión de gestión: 0%.
¿Qué ventaja tienen estos préstamos respecto a los que para el mismo fin pueda conceder la banca de forma privada a cada agricultura y ganadero?
La consejería de Agricultura ha negociado unas condiciones de plazos y tipos de interés que se supone son ventajosas pero eso no quiere decir que no las haya mejores. Determinados agricultores y ganaderos, para determinadas operaciones, pueden conseguir condiciones financieras más interesantes.
La principal ventaja debería de ser que el 80% del préstamo está garantizado por la Administración, por lo que el banco o caja rural no necesita que aporte esas garantías el interesado, sobre todo si no tiene garantías reales para aportar o no le interesa hipotecar sus bienes. En definitiva, estas operaciones deberían de prevalecer en los casos en los que el agricultor o ganadero ya tienen un elevado nivel de endeudamiento o está comenzando la actividad y puede aportar pocas garantías reales. Debería de abrir la puerta a financiación a agricultores a los que la banca privada no se la abre por considerar que hay un excesivo riesgo de morosidad.
Como siempre, será la entidad financiera la que, según las circunstancias, oriente a su cliente, agricultor o ganadero, por esta fórmula en la que interviene la Administración, o por otra privada entre entidad y cliente.
Información oficial de la consejería de Agricultura en https://agriculturaganaderia.jcyl.es/web/jcyl/AgriculturaGanaderia/es/Plantilla100/1284849545198/_/_/_
ASAJA/ marzo 2019.