Ordenes 11 de julio de 2002 y Orden de 11 de abril de 2003 de la Consejería de Agricultura y Ganadería
AYUDA AGROAMBIENTAL DE EXTENSIFICACIÓN
Ordenes 11 de julio de 2002 y Orden de 11 de abril de 2003 de
la Consejería de Agricultura y Ganadería
.
Finalidad de la ayuda:
Mantenimiento de los sistemas extensivos de secano y fomentar
prácticas que mejoren y diversifiquen el hábitat de aves esteparias.
Beneficiarios:
Titulares de explotaciones que reúnan los siguientes
requisitos:
- Tener superficie de cultivo de secano (cereales, leguminosas, girasol,
proteaginosas, barbechos) en Castilla y León. - Cumplir en toda la explotación las buenas prácticas agrícolas.
- Cumplir una serie de compromisos obligatorios y en su caso voluntarios que
se exigen. - Formalizar un contrato de cinco años con la Administración.
- Solicitar anualmente la ayuda cuando se solicitan las ayudas PAC.
No podrán beneficiarse
de estas ayudas los titulares de
explotaciones que tengan superficie de regadío destinada a cultivos herbáceos
(cereal, proteaginosas, leguminosas grano y forraje, oleaginosas, barbechos y
retiradas), siempre que ésta represente más del 20% de la superficie total
(secano y regadío) de la explotación destinada a esos cultivos. Se toma como
referencia la PAC de 2003.
Compromisos:
- Destinar anualmente a los cultivos que pueden ser acogidos a la ayuda, la
superficie que figura en el contrato. - Mantener actualizado el cuaderno de explotación, en el que se
reflejan todas las parcelas de secano de la explotación indicando para cada
una de ellas las labores, abonado, tratamientos, aprovechamiento
ganadero,… - No tratar las semillas con productos que tengan catalogación distinta a
la AAA o AAB. - Mantener en la explotación bosquetes o linderas de una superficie
de al menos el 3%. - Incrementar las dosis habituales de semilla de cereal para compensar las
pérdidas producidas por las aves. - Las fincas que se destinen a barbecho al año siguiente, no se alzarán
antes del 1 de febrero siguiente a la cosecha. - Respetar un calendario de recolección que se ha establecido por comarcas.
No se podrá recolectar antes del 10 ó 20 de julio, según la comarca de
que se trate. - Dedicar como mínimo un 15% de la superficie anual acogida a la
medida, a cultivos de leguminosas, proteaginosas, para grano o forraje.
- En las zonas con índice de barbecho superior a 10, dedicar toda o parte
de la superficie de barbecho tradicional a barbecho tradicional semillado
con leguminosas.
Los compromisos obligatorios deberán respetarse
anualmente en una superficie de la explotación equivalente al a superficie
acogida al programa. No obstante, se admiten variaciones de incremento anual
de 2 hectáreas y disminución de hasta el 10 por ciento.
Cuantía de las ayudas:
euros por hectárea.
de 45,08 euros por hectárea.
íntegra para las primeras 90 hectáreas, entre las 90 y 180 hectáreas se
cobra el 60% de la ayuda, y las hectáreas que pasan de 180 se pagan tan solo
al 30% del importe. Esto es el resultado de la aplicación de la degresividad
en las ayudas agroambientales.
Incorporación de la medida agroambiental:
Estepas Cerealistas o estén en el último año de dicho programa. No puede
solicitarlo quienes en el año 2003 tengan en vigor un contrato de la ayuda
agroambiental de extensificación por cinco años suscrito el pasado año.
- La superficie para la que el agricultor solicita la ayuda.
- La superficie de secano que figura en la PAC.
establecerán las siguientes prioridades:
- Agricultores ATP y que al menos el 50% de la explotación esté en la
zona de influencia de las lagunas de Villafáfila. - Agricultores profesionales con el 50% de la explotación en zona de
influencia de las lagunas de Villafáfila. - Agricultores ATP y que tengan al menos del 50% de la explotación de
secano en zonas de influencia de las lagunas de Villafáfila o no tengan
superficie de la explotación en dichos términos municipales - Agricultores profesionales que tengan al menos el 50% de la superficie
de la explotación en zonas de influencia de las lagunas de Villafáfila o
no tengan superficie de explotación en dichos términos municipales. - Agricultores que no sean ATP ni agricultores profesionales y que tengan
al menos el 30% de la explotación en municipios considerados zonas
desfavorecidas. - El resto de titulares de explotaciones.
- Dentro de cada criterio de prioridad, serán preferentes los titulares que
reúnan lo siguientes requisitos:
- Agricultores jóvenes, ordenado por fecha de presentación.
- En segundo lugar el resto de titulares de explotaciones, por edad de
menor a mayor, y en su caso por fecha de presentación de la solicitud
(INTERESA PRESENAR LA SOLICITUD CUANTO ANTES)
Incumplimiento:
pérdida de la ayuda en el año incumplido. La reincidencia conlleva la
rescisión del contrato y reintegrar los importes percibidos.
pérdida de la ayuda correspondiente al año. La reincidencia conlleva la
resolución del contrato y devolución de todo lo percibido.
Transferencia de compromisos:
si se deja la agricultura y no se transfieren dichos compromisos, el
beneficiario devolverá todo lo percibido.
explotación por la superficie básica y si el cesionario reúne los
requisitos de prioridad que determinaron la incorporación del titular
anterior.
Transformación de compromisos:
Los agricultores acogidos a las ayudas al barbecho
medioambiental, si ahora se les aprueba este programa de extensificación, se
considera extinguido el compromiso anterior sin que ello suponga el reintegro de
las cantidades percibidas.
Plazo de presentación de solicitudes:
Hasta el 28 de mayo de 2003.
Documentación que se aportará (por duplicado):
del IRPF del 2002 o en su defecto Declaración Censal 037 acompañado de
certificado de no haber hecho declaración del IRPF del 2002. Si en la
declaración se figuran rendimientos del trabajo, certificado que acredite la
procedencia de los mismos.
marzo de 2003 que acrediten estar en el REASS o Régimen Especial de
Autónomos.
será necesario aportar la declaración IRPF ni fotocopias S.S., salvo
jóvenes incorporados en el 2003. Los jóvenes que se hayan incorporado a la
agricultura en el 2003, con expediente de solicitud de ayuda, no se le
requiera la documentación antes expuesta, y deberán de aportar fotocopia del
formulario de la solicitud de ayuda a la primera instalación con el sello de
registro de entrada.
hay establecida documentación específica.
OTRAS AYUDAS AGROAMBIENTALES
Los agricultores interesados, consultar en ASAJA la normativa
que regula las ayudas al "
girasol agroambiental",
la "agricultura ecológica" y el "barbecho
medioambiental", este último de gran interés para los
agricultores de secano que tengan más de un 20% en regadío y no puedan
acogerse al programa de extensificación. En los cuatro programas
agroambientales el plazo de solicitudes es el mismo.
León, 25 de abril de 2003
LAS SOLICITUDES SE TRAMITAN EN LAS ORGANIZACIONES AGRARIAS O
ENTIDADES BANCARIAS EN LAS QUE SE TRAMITO LA AYUDA PAC.