PLANES DE REESTRUCTURACIÓN Y RECONVERSIÓN DE VIÑEDO

El objetivo prioritario de la nueva organización Común de Mercado es fomentar la obtención de vinos de calidad que puedan lograr la máxima competitividad mediante la adaptación de la producción al mercado, tratando de mantener el nivel de renta de los viticultores.

PLAN DE REESTRUCTURACIÓN

Y RECONVERSIÓN DEL VIÑEDO

 

OBJETIVOS DE LAS AYUDAS

El Reglamento 1493/1999 de la Unión Europea
establece la Organización Común del Mercado Vitivinícola. En España el Real
Decreto 1472/2000 de 4 de agosto regula el potencial de producción vitícola y
adapta y desarrolla la normativa comunitaria.

El objetivo prioritario de la nueva
organización Común de Mercado es fomentar la obtención de vinos de calidad
que puedan lograr la máxima competitividad mediante la adaptación de la
producción al mercado, tratando de mantener el nivel de renta de los
viticultores. El Real Decreto de 4 de agosto contempla las ayudas a la
reestructuración y reconversión del viñedo en el ámbito nacional con el fin
de lograr los objetivos anteriores.

Los planes de reestructuración y
reconversión de viñedo deben cumplir los requisitos y condiciones establecidos
en la Orden de 25 de Julio de 2.001 de la Consejería de Agricultura y
Ganadería de la Junta de Castilla y León por la que se regula el potencial de
producción vitícola en la Comunidad.

El objetivo de estas ayudas es la realización
de planes de reestructuración principalmente colectivos fomentando las
agrupaciones de productores para incrementar la rentabilidad de los viñedos y
la mejora de la calidad del vino.

La finalidad de los planes es permitir que la
mayoría de los viticultores de Castilla y León que pretendan realizar la
reestructuración de sus viñedos puedan financiar parcialmente sus inversiones.

 

 

¿QUIÉNES PUEDEN ACOGERSE?

Pueden acceder a estas ayudas todos los
viticultores
titulares de parcelas o de derechos de plantación
inscritos en el registro de viñedo de la Conserjería de Agricultura y
Ganadería y los jóvenes agricultores que sean agricultores a título principal
y adquieran derechos de viñedo.

Las parcelas de viñedo o los derechos de
plantación que se vayan a ejercer deben estar inscritos y vigentes en el
Registro de Plantaciones de Viñedo y Derechos de Replantación.

No pueden acogerse a estas ayudas:

  • Los viticultores que no tengan regularizadas la totalidad de
    sus parcelas conforme a lo establecido en la legislación vigente, es decir,
    con viñedo irregular.
  • Las parcelas que se hayan beneficiado de ayudas comunitarias,
    nacionales o autonómicas en los últimos diez años.

  •  

    DOCUMENTACIÓN

     

     

    1. Documentación general

    2. Fotocopia del D.N.I. o C.I.F. de los participantes en el
      plan.
    3. Datos personales y bancarios del productor.
    4. Certificado de la entidad financiera que acredite que la
      cuenta bancaria corresponde al participante en el plan.
    5.  
    6. Si se alega la prioridad de joven agricultor

    7. Tener menos de 40 años en la fecha de publicación de la
      orden por la Junta de Castilla y León.
    8. Certificado de estar al corriente de pago de la Seguridad
      Social.
    9. Copia compulsada por la Junta de la declaración de I.R.P.F.
      año 2001 o 2.002.
    10.  
    11. Si se alega la prioridad de Agricultor a Título Principal

    12. Estar al corriente de pago de la Seguridad Social
    13. Copia compulsada por la Junta de Castilla y León de la
      declaración de I.R.P.F. del año 2.001 o 2.002 o resolución de la Junta
      acordando la concesión de la Indemnización Compensatoria.
    14.  
    15. Documentación relativa a las parcelas

    16. Cartografía actualizada de las parcelas, tanto de las
      iniciales como de las finales.
    17. Derechos de viñedo que se pretenden utilizar.
    18. Certificado o cédula catastral actualizada de las
      parcelas. Si no coinciden los datos del catastro con la escritura de
      propiedad se debe aportar declaración jurada para identificar las fincas.
    19. Escrituras de propiedad de las parcelas. También se admite
      que las parcelas sean de su cónyuge, sus padres o hermanos.
    20. Si las parcelas son en arrendamiento o aparcería la
      duración de los contratos será de al menos 21 años.

     

    ACTIVIDADES INCLUIDAS EN LAS AYUDAS

     

  • Reestructuración de viñedo (arranque y plantación).
  •  

    En este apartado se incluyen las operaciones
    de arranque de una o varias parcelas de viñedo y la plantación de otra
    parcela nueva con una superficie equivalente.

    La superficie de la parcela, una vez
    reestructurada tendrá que ser de al menos 1 hectárea.

    El limite máximo de la superficie a
    reestructurar por viticultor y año será de 15 hectáreas.

  • Plantación de viñedo
  • Está incluido en los planes de
    reestructuración la plantación de viñedo siempre que se realice con
    derechos propios del viticultor.

    No se necesitan derechos propios en el caso
    de derechos aportados por jóvenes agricultores que sean agricultores a
    título principal
    , ya que pueden ser propios o adquiridos.

    También están incluidos los derechos de
    replantación asignados en los términos municipales afectados por procesos de
    concentración parcelaria.

     

  • Reconversión varietal del viñedo
  • Es el cambio de variedad de una parcela de
    viña mediante la operación de sobreinjerto, y por tanto sin la posibilidad
    de incrementar el numero de cepas en la parcela. La reconversión debe ser de
    una variedad por parcela.

    La utilización de portainjertos
    certificados es obligatoria en todas las plantaciones. Para recibir la ayuda
    será necesaria la presentación de la factura del viverista.

     

  • Transformación del viñedo de vaso a espaldera
  •  

    En esta actuación se incluyen las
    operaciones y el material necesario para elevar una viña con un sistema de
    conducción baja y libre ya formado, a partir del tercer año de
    plantación
    a un sistema elevado y apoyado que permita la mecanización
    del viñedo.

    En definitiva, este año sólo se
    subvencionan las espalderas que se pongan a partir del tercer año de
    plantación

    La estructura de la espaldera debe
    corresponder con los usos normales de la zona y permitir una situación
    duradera y firme del cultivo elevado del viñedo.

    PRIORIDADES

    Los criterios de preferencia en la
    aprobación de los planes y en la concesión de las ayudas son los siguientes.

     

    1. Tienen preferencia los planes colectivos sobre los
      individuales.
    2.  

    3. En el caso de planes colectivos existen las siguientes
      preferencias:
    1. Planes en que más del 50 por 100 sean jóvenes
      agricultores
    2. Planes en que más del 50 por 100 sean agricultores a
      título principal
    3. Planes amparados por una Organización Agraria o un
      Consejo Regulador
    4. En el caso de que varios planes tengan el mismo nivel
      de prioridad se tendrá en cuenta el plan con mayor número de
      viticultores y la mayor superficie integrante del plan.

    PLAZO DE PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES

     

    El plazo de presentación de las solicitudes
    para la campaña 2003/2004 finaliza el 31 de mayo de 2003.

     

    IMPORTE DE LAS AYUDAS

     

    Las ayudas comunitarias en la financiación de los
    costes de reestructuración podrán alcanzar hasta el 75% de los costes
    establecidos.

    En el caso de planes individuales, las ayudas
    concedidas serán un 15% menos que las ayudas concedidas a los planes
    colectivos.

     

     





    ACCIÓN OPERACIÓN Coste (Euros/ha)

     


    Reestructuración ARRANQUE
    421,00

     


    PREPARACIÓN SUELO 962,00

    PLANTACIÓN:

    Planta y plantación (Ud.) 2,07

     


    Otros costes 240,00

     




    COSTES CULTIVO (2 años) 1.052,00

     


    ESPALDERA 2.705,00

    DESINFECCIÓN DEL TERRENO 2.104,00

     


    DESPEDREGADO 391,00

     


    NIVELACIÓN DEL TERRENO 601,00

     


    PROTECCIÓN CONTRA CONEJOS 1.202,00

     


    Reconversión varietal SOBREINJERTADO:

    Injerto (Ud.) 0,60

     


    Otros costes 1.202,00

    Mejora de las FORMACIÓN VASO A
    ESPALDERA 2.849,00

     


    técnicas de gestión (incluye espaldera)