CESIÓN DE DERECHOS DE PAGO ÚNICO 2013
 
Os recordamos que se puede presentar la solicitud de cesión de derechos de pago único (tanto venta, arrendamientos u otro tipo de cesión) hasta la segunda quincena de marzo de 2013 (antes del 19/03/2013).
Todos los cambios de titularidad por motivo de herencias, jubilaciones en los que el cesionario de los derechos sea un familiar de primer grado del cedente, y programas aprobados de cese anticipado, fusiones o escisiones y cambios de personalidad jurídica, así como las modificaciones de los arrendamientos debidos a cambios de titularidad, se pueden  presentar hasta la fecha límite del plazo de la Solicitud Única 2013 (30/04/2013).
Los derechos de ayuda podrán cederse de forma definitiva mediante venta o cualquier  otro medio de cesión definitiva, con o sin tierras, y de forma temporal mediante arrendamiento.
 
Tipo de cesiones y peaje aplicable en cada caso:
 
CÓDIGO
TIPO DE CESIÓN DE DERECHOS
PEAJE
T-1
 
Compra-venta sin tierra
Agricultor no profesional
30 %
T-2
Compra-venta sin tierra
Agricultor profesional
3 %
T-3
Compra-venta con tierra
3 %
T-4
Compra-venta  de todos los derechos especiales
Ø        Los derechos se mantienen como especiales.
3 %
T-5
Compra-venta a favor del arrendador por fin de arrendamiento de sus tierras.
Ø       El propietario de los derechos es el arrendatario.
3 %
T- 6
Arrendamiento con tierra
(Los D especiales no se arriendan)
0 %
T-7
Compra-venta con toda la explotación
Ø       En una sola operación a un solo comprador.
Ø       Los D especiales pasan como tales.
3 %
T-8
Compra-venta con inicio actividad
0 %
T-9
Herencia
0 %
T-10
 
Jubilación, con cesión a un familiar de primer grado. Ceses anticipados aprobados o incapacidad laboral permanente del cedente.
0 %
T-11
Cambio de personalidad jurídica
-Implica cesión de todos los derechos.
-El cedente no puede tener derechos arrendados a terceros.
0 %
T-12
Fusiones
-Mismas condiciones que T-11.
0 %
T-13
Escisiones
0 %
T-14
Finalización anticipada arrendamiento de derechos
Ø       El propietario de los derechos es el arrendador.
0 %
T-15
Renuncia para reserva nacional
100 %