CIRCULAR A GANADEROS SOBRE DESTINO DE CADÁVERES DE ANIMALES

Los ganaderos con explotaciones en los municipios de la lista que se adjunta, pueden acogerse a una medida que permite destinar los cadáveres de esos animales a la alimentación de especies necrófagas, dejándolos en el campo, y evitando así tener que seguir suscribiendo el seguro de recogida de cadáveres

CIRCULAR  A GANADEROS SOBRE DESTINO DE CADÁVERES DE ANIMALES
 
 
 León, 18 de julio de 2013
 
Los ganaderos con explotaciones en los municipios de la lista que se adjunta, pueden acogerse a una medida que permite destinar los cadáveres de esos animales a la alimentación de especies necrófagas, dejándolos en el campo, y evitando así tener que seguir suscribiendo el seguro de recogida de cadáveres en las explotaciones o pagar directamente a la empresa que los recoja. Para acogerse a esta medida, HAY QUE SOLICITARLO a Medio Ambiente antes del 30 de agosto, personalmente en ASAJA, en la guardería forestal o por procedimiento telemático en la siguiente dirección web. https://www.tramitacastillayleon.jcyl.es/web/jcyl/AdministracionElectronica/es/Plantilla100DetalleFeed/1251181050732/Tramite/1284273121313/Tramite
 
Esto está condicionado a ciertas exigencias de ubicación, sanitarias y zootécnicas y están excluidas expresamente las “ganaderías intensivas”. En el caso de bovino, caprino y ovino, la calificación sanitaria de la explotación ha de ser T3B4 o T3B3 y M4 según la especie. En el bovino el animal ha de ser de menos de 48 meses de edad.
 
Las ganaderías a las que se autorice tendrán que llevar un libro de registro con los animales muertos que se destinan a estos fines e informar antes del 31 de enero de cada año de las actuaciones realizadas el año anterior. Los ganaderos serán responsables de depositar los cadáveres en zonas concretas, con el fin de evitar riesgos de salud pública o animal y del medio ambiente, alejados de cascos urbanos, carreteras, masas de agua, instalaciones pecuarias, comederos, bebederos o puntos de alimentación del ganado… Tiene que quedar claro que sin la AUTORIZACIÓN expresa de Medio Ambiente no se puede desarrollar esta práctica.
 
Recordamos que además de esto existe la posibilidad de entregar animales muertos en MULADARES, allí donde estén autorizados y se haya puesto en marcha su funcionamiento. 

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