COTIZACIÓN A LA SEGURIDAD SOCIAL EN EL SECTOR AGRARIO POR CUENTA PROPIA EN 2017 |
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SISTEMA ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA AGRARIOS |
RÉGIMEN ESPECIAL DE TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS |
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BASE DE COTIZACIÓN (Euros/mes) (1) |
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893,10 |
a |
3.751,20 |
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893,10 |
a |
3.751,20 |
TIPO DE COTIZACIÓN (2) |
18,75% |
167,46 |
a |
911,02 |
26,50% |
236,67 |
a |
994,07 |
COTIZACIÓN INCAPACIDAD TEMPORAL (IT) (Euros/mes) (3) |
3,30% |
29,47 |
a |
123,79 |
3,30% |
29,47 |
a |
123,79 |
COTIZACIÓN DE CONTINGENCIAS DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES (4) |
Variable según base de cotización y actividad económica. (5) |
Variable según base de cotización y actividad económica. |
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PROTECCIÓN POR CESE DE ACTIVIDAD (6) |
2,20% |
19,65 |
a |
82,53 |
2,20% |
19,65 |
a |
82,53 |
TOTAL EUROS/MES CON I.T. Y SIN A.T. Y E.P. NI CESE DE ACTIVIDAD |
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206,75 |
a |
1.076,07 |
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267,04 |
a |
1.121,61 |
TOTAL EUROS/MES CON I.T., A.T. Y E.P. Y CESE DE ACTIVIDAD |
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235,33 |
a |
1.196,11 |
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304,55 |
a |
1.279,16 |
(1) La base de cotización de los trabajadores autónomos que, a 1 de enero de 2017, tuvieran 48 o más años cumplidos, estará comprendida entre las cuantías de 963,30 y 1.964,70 euros mensuales, como norma general. Además, existe diversa casuística por la que un autónomo tendría como límite de cotización 1.964,70 euros. |
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(2) El tipo del 18,75% será aplicable cuando el trabajador haya optado por elegir como base de cotización hasta 1.071,60 euros. Si el trabajador hubiera optado por una base de cotización superior a dicha mínima, a la cuantía que exceda de esta última le será de aplicación el tipo de cotización del 26,50%. |
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(3) Esta cuota es menor para los autónomos acogidos a la protección por contingencias profesionales o por cese de actividad (2,80%) (25,01 a 105,03 €/mes), ya que se benefician de una reducción del 0,50%. |
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(4) El tipo de cotización total para el CNAE 01 (agricultura, ganadería, caza y servicios relacionados con las mismas) es el 2,60% (23,22 a 97,53 €/mes). |
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(5) Si los interesados no hubiesen optado por la cobertura de la totalidad de las contingencias profesionales, se seguirá abonando, en concepto de cobertura de las contingencias de «invalidez, muerte y supervivencia» una cuota resultante de aplicar a la base de cotización el tipo del 1% (de 8,93 a 37,51 €/mes). |
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(6) La protección por cese de actividad es de carácter voluntario. |
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Los trabajadores que no tengan cubierta la protección dispensada a las contingencias derivadas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales, efectuarán una cotización adicional equivalente al 0,10 por 100 (0,89 a 3,75 €/mes), aplicado sobre la base de cotización elegida, para las prestaciones por riesgo durante el embarazo y la lactancia natural. |
Desglose de ejemplos utilizando la base mínima para un agricultor autónomo enclavado en el Sistema Especial de Trabajadores por cuenta propia Agrarios (SETA) y otro agricultor incluido en el Régimen Especial de Trabajadores por cuenta propia o Autónomos (RETA). |
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AGRICULTOR (RETA) |
AGRICULTOR (SETA) |
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CON I.T., A.T. / E.P. Y CESE DE ACTIVIDAD |
CON I.T., SIN A.T. / E.P. NI CESE DE ACTIVIDAD |
CON I.T., A.T. / E.P. Y CESE DE ACTIVIDAD |
CON I.T., SIN A.T. / E.P. NI CESE DE ACTIVIDAD |
SIN I.T., NI A.T. / E.P. NI CESE DE ACTIVIDAD |
CONTINGENCIAS COMUNES |
236,67 |
236,67 |
167,46 |
167,46 |
167,46 |
INCAPACIDAD TEMPORAL (I.T.) |
25,01 |
29,47 |
25,01 |
29,47 |
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ACCIDENTES DE TRABAJO ENFERMEDAD PROFESIONAL (A.T. / E.P.) (*) |
23,22 |
— |
23,22 |
— |
— |
CESE DE ACTIVIDAD |
19,65 |
— |
19,65 |
— |
— |
I.M.S. |
— |
— |
— |
8,93 |
8,93 |
EMBARAZO Y LACTANCIA |
— |
0,89 |
— |
0,89 |
0,89 |
TOTAL |
304,55 |
267,04 |
235,33 |
206,75 |
177,28 |