La Junta de Castilla y León convoca las primas de mantenimiento y de compensación de tierras agrícolas.

Prima compensatoria de forestación de tierras agrícolas (2017)

La Junta de Castilla y León convoca las primas compensatorias correspondientes a la anualidad de 2017 para los Expedientes de Forestación de Tierras Agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013.

¿Quién lo puede solicitar?:

Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

Será necesario solicitar el pago de la prima compensatoria, formalizada en el modelo normalizado, en los siguientes supuestos:

a) La primera vez que se solicite.

b) Anualmente, cuando se desee hacer valer la condición de agricultor o de agricultor a título principal.

c) Cuando, formando parte de una agrupación de titulares se desee recibir la prima compensatoria de forma individual.

d) En el caso de cambio de titular, de variación de los datos del titular, o de los terrenos objeto de ayuda que conlleve una modificación en el importe de la subvención, con respecto al concedido en primas anteriores, o en la tramitación de los pagos que correspondan.

e) Cuando se desee recuperar la condición de beneficiario de la prima compensatoria en caso de suspensión del pago.

Plazo de resolución:

El plazo para resolver, será de 6 MESES a contar desde el día siguiente a la finalización del plazo para presentar las solicitudes de pago de la prima de mantenimiento (antes del 28 de junio de 2017).

Transcurrido dicho plazo sin haberse dictado y notificado la resolución, el solicitante podrá entender DESESTIMADA por silencio administrativo, su solicitud.

Prima de mantenimiento de forestación de tierras agrícolas (2017)

Objeto:

Convocar las primas de mantenimiento correspondientes a la anualidad de 2017 para los Expedientes de Forestación de Tierras Agrícolas concedidos al amparo del Programa de Desarrollo Rural de Castilla y León durante los periodos de programación 1993-1999, 2000-2006 y 2007-2013.

¿Quién lo puede solicitar?:

Aquéllos que previamente lo hayan sido de las ayudas a la forestación, tras las convocatorias publicadas durante los años 1993 a 2013.

¿Qué requisitos debo cumplir?:

El Servicio Territorial de Medio Ambiente podrá indicar al beneficiario los trabajos de mantenimiento que se consideren necesarios.

Dichos trabajos serán de obligada ejecución para el beneficiario.

Las primas de mantenimiento deberán ser solicitadas en años consecutivos.

Para que una superficie se haga acreedora de esta ayuda, será preciso que la totalidad de la superficie certificada como forestada se encuentre en estado vegetativo idóneo y con la densidad requerida, habiendo realizado adecuadamente los trabajos de mantenimiento necesarios para conseguirlo.

Los titulares de repoblaciones que, por causas no imputables a ellos, hayan sufrido un número de marras excesivamente elevado podrán comunicar la acumulación, en un solo ejercicio, de la primera y segunda anualidad de la prima de mantenimiento en el segundo año a contar desde la certificación definitiva de la forestación, y de la tercera y cuarta anualidad de la prima de mantenimiento en el tercer año.

En los años cuarto y quinto a contar desde la certificación definitiva de la forestación no se subvencionarán trabajos de reposición de marras.

¿Qué plazo tengo para solicitarlo?:

– COMUNICACIÓN de acumulación de primas de mantenimiento y MODIFICACIÓN de la prima de mantenimiento: hasta el 28 de ABRIL.

– SOLICITUD DE PAGO: hasta el 28 de JUNIO.