Convocadas ayudas a la formación profesional e información para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) convoca dos líneas de ayudas para el apoyo a acciones de formación profesional y adquisición de competencias, así como para actividades de demostración e información, para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014 – 2020.

El Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) convoca dos líneas de ayudas para el apoyo a acciones de formación profesional y adquisición de competencias, así como para actividades de demostración  e información,  para el fomento de la integración de entidades asociativas agroalimentarias de carácter supraautonómico, en el marco del Programa Nacional de Desarrollo Rural 2014 – 2020.

Tanto las ayudas para formación profesional y adquisición de competencias, como las destinadas a actividades de demostración y acciones de información, contaran con un presupuesto de 472.693 euros cofinanciado en un 80% por FEADER y un 20% con cargo al presupuesto nacional.

Las solicitudes de los dos tipos de ayuda se presentarán antes del 21 de marzo.

AYUDAS FORMACIÓN PROFESIONAL Y ADQUISICIÓN COMPETENCIAS

Podrán solicitarlas las entidades públicas o privadas prestadoras del servicio de formación que se comprometan a efectuar la totalidad de la actividad sujeta a ayuda.

La ayuda podrá alcanzar el cien por cien de los gastos subvencionables que se hayan generado por la actuación, dentro de los siguientes límites: por taller, 1.000 euros por alumno participante;  por actividades de formación y aprendizaje, 6.500 euros por alumno que se pretenda formar; por entrenamiento, 3.500 euros por alumno participante.

AYUDAS ACTIVIDADES DEMOSTRACIÓN E INFORMACIÓN

Podrán acceder a estas ayudas las entidades públicas o privadas u organizaciones prestadoras del servicio de demostración o información que se comprometan a efectuar la totalidad de la actividad sujeta a ayuda.

La ayuda podrá alcanzar el cien por cien de los gastos subvencionables que se hayan generado por la actuación, dentro de un límite máximo de 8.000 euros por actuación.