¿En qué consiste esto?
En primera lugar, el ganadero que desee que se le realice lo ha de manifestar cuando se le convoca para el saneamiento ganadero. Este hecho conlleva que el saneamiento pase a considerarse como “a petición de parte”, por lo tanto el ganadero se hace cargo de todos los gastos que ello supone (este año 2018 no tendría gastos ya que el sector está exento de todas las tasas ganaderas). El ganadero ha de nombrar un veterinario de ejercicio libre de la profesión, de cuyos honorarios se hará cargo, que actuará como perito, y que ha de tener formación específica en materia de saneamiento ganadero (un curso reglado en esta materia). Tanto al tuberculinizar el animal, como el día de hacer la lectura, estarán presentes tanto el veterinario de la empresa contratada por la Junta para el saneamiento, como el perito del ganadero, como un funcionario de la Junta de Castilla y León. Se entiende que con esto se clarifica la cuestión, pues no están previstas otras actuaciones distintas a las habituales en momentos del proceso como por ejemplo los análisis de laboratorio de las muestras si es el caso.