Ayudas a los avales de préstamos para afectados por la sequía en 2017
El Ministerio ha publicado las bases reguladoras y la convocatoria de subvenciones destinadas a la obtención de avales de la Sociedad Anónima Estatal de Caución Agraria, por titulares de explotaciones agrarias afectadas por la sequía de 2017 que garanticen préstamos para financiar sus explotaciones.
Podrán acogerse a esta nueva convocatoria de avales SAECA los titulares de explotaciones agrarias, personas físicas o jurídicas, que desarrollen la actividad agraria en el ámbito de la producción de cereales, leguminosas, oleaginosas, lúpulo, patata, uva, ganadería extensiva o apicultura, y que suscriban avales con SAECA en el marco de préstamos con entidades financieras avalados por dicha entidad.
Los beneficiarios de esta ayuda en la convocatoria de 2017 no podrán solicitarla ahora, si bien, sí podrán acogerse aquellos solicitantes a los que por insuficiencia de fondos se les denegó total o parcialmente. La solicitud en este caso no podrá realizarse por un importe superior al denegado.
En el caso de explotaciones de entidades asociativas, sus miembros podrán acogerse a las ayudas cuando suscriban préstamos con el objeto de aportar el capital prestado a su entidad asociativa.
Las ayudas consisten en la financiación del importe total de la comisión de gestión del aval. Se financiará además la comisión de estudio del aval cuando las explotaciones hayan suscrito un seguro en las líneas de seguros agrícolas o pecuarios comprendidas en los Planes de Seguros Agrarios Combinados para 2016, 2017 o 2018, según el caso. También se financiará la comisión de estudio del aval a las explotaciones cuyo titular sea un joven agricultor.
El Ministerio subvencionará el coste del aval para créditos de hasta 60.000 euros por titular de explotación o por componente de entidad asociativa, y cuyo plazo de amortización no supere los cinco años, pudiéndose incluir en éste dos años de carencia.
El coste de los avales objeto de subvención será, para la comisión de estudio, el 0,50% del importe avalado, por una sola vez a la formalización del préstamo, y para la comisión de gestión, el 1,15 % anual sobre el saldo vivo del préstamo avalado.
La cuantía de la subvención a cada solicitante estará limitada por lo establecido en las ayudas de «minimis» en el sector agrícola, que establece en 15.000 euros la cuantía total a una empresa durante cualquier periodo de 3 ejercicios fiscales.
La presentación de la solicitud de ayuda se hará junto a la presentación del documento de solicitud del aval ante SAECA. El plazo de presentación de solicitudes es de 15 días desde la entrada en vigor de esta Orden, es decir, del 9 al 27 de abril de 2018.