La Consejería de Agricultura y Ganadería ha publicado las bases reguladoras de las ayudas destinadas para la mejora de la producción y comercialización de la miel.
Están dirigidas a personas físicas o jurídicas titulares de explotaciones apícolas, con al menos 150 colmenas, cooperativas apícolas y organizaciones representativas con personalidad jurídica propia, que cumplan los requisitos establecidos:
- Llevar realizando la actividad apícola con anterioridad al 1 de enero del año de presentación de la solicitud, con excepciones.
- Realizar, al menos, un tratamiento al año frente a la varroosis, durante el período subvencionable.
- Tener contratado un seguro de responsabilidad civil para la actividad apícola por la totalidad de las colmenas.
- Cumplir las previsiones contenidas en el Real Decreto 209/2002 por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas.
Las inversiones subvencionables se dividen en varias líneas:
- Línea A: Información y Asistencia técnica apícola a los apicultores y organización de apicultores, para la contratación de técnicos, organización de cursos y divulgación técnica.
- Línea B: Lucha contra los agresores y enfermedades de la colmena, preferentemente contra la varroosis, para la realización de tratamientos quimioterapéuticos, sobrealimentación de las colmenas, constitución de agrupaciones de defensa sanitaria apícola, adquisición de trampas y atrayentes de Vespa velutina y medidas preventivas contra el abejaruco.
- Línea C: Racionalización de la trashumancia, para medios de transporte, protección o vigilancia, mejora y acondicionamiento de los asentamientos y suscripción de pólizas de seguros de responsabilidad civil.
- Línea D: Medidas de apoyo para el análisis de la miel, para la realización de análisis, creación de laboratorios y adquisición de material.
- Línea E: Medidas de apoyo a la repoblación de la cabaña apícola, para la cría de reinas.
- Línea H: Mejora de la calidad de los productos apícolas, para la contratación de técnicos, promoción de figuras de calidad y divulgación técnica de la comercialización.
El importe de la ayuda depende de la línea a subvencionar, por colmena registrada o por técnico especialista contratado.
Ahora está pendiente de publicarse la orden de convocatoria que, según el borrador, da un plazo de presentación de solicitudes de 20 días naturales a contar desde el día siguiente a la publicación del extracto en el Boletín Oficial de Castilla y León.