La organización agraria valora de forma muy positiva la norma básica en materia de actuaciones sanitarias en especies cinegéticas y fauna silvestre
La organización agraria ASAJA de Castilla y León valora de forma muy positiva que el ministerio de Agricultura prepare un Decreto por el que se establece la norma básica en materia de actuaciones sanitarias en especies cinegéticas y fauna silvestre, en relación con la tuberculosis. ASAJA considera que se da así un primer paso para sanear también a las especies cinegéticas, trasmisoras de enfermedades a la cabaña ganadera, y abordar la sanidad animal bajo el principio de “una sola salud”. La norma que se encuentra a información pública establecerá los sistemas de vigilancia para detectar la presencia de enfermedades y las actuaciones que en el caso de trasmisión de estas deban abordarse. ASAJA de Castilla y León, que inició en su día la campaña para sensibilizar a la opinión pública y a las autoridades agrarias y medioambientales de la incidencia negativa que estaba teniendo la fauna salvaje sobre la sanidad animal, se congratula de que a día de hoy ya no haya duda de que ciertos reservorios silvestres están comprometiendo el progreso hacia la erradicación de la tuberculosis bovina. Fruto de las propuestas y presiones de ASAJA, la Junta de Castilla y León ha sido pionera en el establecimiento de normas para luchar contra la trasmisión de enfermedades de las especies silvestres a las domésticas.
El borrador de Decreto establece la obligación de sanear también las especies cinegéticas, de forma similar a como se hace en los animales domésticos, en concreto a los jabalíes, ciervos y gamos, pero únicamente para los “espacios de categoría I y II”, que es una especie de coto cinegético de cría intensiva. ASAJA pide que se amplíe en la medida en lo posible también a los espacios de categoría III y IV, que además son los más comunes en Castilla y León.
La norma establece que se vigilará anualmente la tuberculosis en especies cinegéticas y de fauna silvestre, se gestionarán adecuadamente los productos de la caza según establece el Decreto 50/2018, y no se permitirá el aporte de alimentación suplementaria a las poblaciones de jabalí, ciervo o gamo, salvo autorización específica. También en los espacios categoría I y II, de cría intensiva de especies cinegéticas, no se permitirá que compartan espacio con animales domésticos.
Otro avance que establecerá la norma es la autorización de eliminación de jabalíes, a lo largo de todo el año, que entren en contacto con el ganado, cuando se trate de espacios de categoría IV y no haya un aprovechamiento de caza mayor. También, se establece la obligación de llevar a cabo controles poblacionales de las especies cinegéticas si por su elevada presencia se compromete el estatus sanitario, y tanto para cotos de caza como en espacios naturales cuya gestión recae en una administración pública.
Por último, la norma es más estricta en el registro de los cotos cinegéticos, y sobre todo en los requisitos que se han de seguir para el traslado de jabalíes, ciervos y gamos entre diferentes cotos o fincas cinegéticas.
ASAJA hará las aportaciones que estime necesarias en este periodo de consulta pública, pide que no se retrase su publicación más de lo estrictamente necesario y, una vez publicado el Decreto, trabajará con la Junta de Castilla y León para su aplicación y desarrollo en el territorio de la comunidad autónoma.