Los ganaderos podrán solicitar a la Junta de Castilla y León, del 1 al 31 de enero de 2015, la autorización necesaria para dejar los cadáveres de los animales en el campo para alimentar a las especies necrófagas, una práctica que permitirá a las explotaciones autorizadas prescindir del denominado seguro de retirada de cadáveres.
Los ganaderos podrán solicitar a la Junta de Castilla y León, del 1 al 31 de enero de 2015, la autorización necesaria para dejar los cadáveres de los animales en el campo para alimentar a las especies necrófagas, una práctica que permitirá a las explotaciones autorizadas prescindir del denominado seguro de retirada de cadáveres.
La Junta de Castilla y León ha regulado mediante un decreto el uso de cadáveres de animales procedentes de explotaciones ganaderas para alimentación de buitres y otras especies de aves necrófagas, es decir, carroñeras. Hay que solicitar el permiso antes del 31 de enero en la Junta de Castilla y León. Para ello, hay que rellenar una solicitud, ya que el requisito general es estar incluido en las zonas de protección para la alimentación de especies necrófagas y lo cumple toda la provincia de Ávila.
Esta regulación permite que el ganadero que sufra una baja en su explotación pueda abandonar el cadáver en la finca o llevarlo a un muladar, siempre que se trate de una muerte de origen ‘normal’. En el caso de mortalidades ‘anormales’ que no pudieran ser gestionadas mediante la alimentación de carroñeras, recordamos que los ganaderos estarán obligados a una correcta gestión de cadáveres conforme a la legislación vigente y deberán suscribir un seguro para su retirada.
La antigua práctica de dejar los cadáveres de los animales en el campo permitirá, además de reducir los costes en la explotación al prescindir del seguro de retirada, disminuir los ataques de buitres al ganado y también de los lobos, así como limitar las emisiones de CO2 a la atmósfera y evitará riesgos sanitarios derivados del traslado de animales muertos explotación a explotación.