El MAPA ha publicado el R.D. 836/2002, de 2 de agosto. Que modifica al R.D. 1734/2000 por el que se establecen ayudas para la adquisición de animales de reposición de determinadas razas bovinas, ovinas y caprinas autóctonas españolas.
En esta nueva normativa ya se permite acceder a estas ayudas a los titulares de ganaderías inscritas en el Libro Genealógico correspondiente a la raza de los animales adquiridos, aunque con una reducción del importe de la ayuda.
También se incluye la “Ojinegra de Teruel” dentro de las razas autóctonas ovinas con derecho a ayuda, con lo cual la lista de razas que podrán acogerse a este tipo de ayudas queda como sigue:
-
Especie bovina: Avileña- Negra ibérica, Asturiana de los Valles, Bruna dels Pirineus, Morucha, Pirenaica, Retinta, Rubia Gallega y Tudanca.
-
Especie ovina: Carranzana, Castellana, Churra, Lacha, Manchega, Merina, Navarra, Rasa aragonesa, Ripollesa, Segureña y Ojinegra de Teruel.
-
Especie caprina: Canaria, Malagueña, Murciano-Granadina y Verata.
Además, no se concederán las ayudas previstas a los titulares de explotaciones de vacuno de carne cuya carga ganadera supere las 1,8 UGM/ha, exceptuándose de esta limitación aquellas explotaciones con dimensión igual o inferior a 15 UGM, aunque durante el año 2002 la carga ganadera máxima será 1,9 UGM/ha.
La cuantía total de la subvención podrá alcanzar el 50% del coste del animal en zonas desfavorecidas y el 40% en el resto, sin sobrepasar, en ningún caso, los importes siguientes:
-
48,08 euros por hembra reproductora de las especies ovina o caprina.
-
210,35 euros por novilla.
-
90,15 euros por macho reproductor de las especies ovina o caprina.
-
300,50 euros por macho reproductor de la especie bovina.
Estos importes se reducirán en un 25% si el ganadero solicitante pertenece ya al libro genealógico de la raza de los animales adquiridos.