A partir de mediados de noviembre la Tesorería general de la Seguridad Social (TGSS) va a comenzar a regularizar las cuotas de los autónomos y establecer las bases definitivas de cotización mensual correspondientes al año 2023.Si el tramo de rendimientos netos definitivo está por debajo se le devolverá cuota al trabajador, o bien se le devolverán en caso contrario, es decir, si el tramo de rendimientos está por encima del indicado por las previsiones durante el año.

Los detalles sobre cómo se desarrollará este proceso fueron explicados por responsables de la TGSS, encabezados por Jerónimo A. González Clavero -director de la TGSS y el INSS en Valladolid- en una reciente reunión con el equipo de técnicos que se ocupan del Área Laboral y Fiscal en las organizaciones provinciales de ASAJA en Castilla y León.

Hay que recordar que el 1 de enero de 2023 se implantó un nuevo sistema de cotización para los trabajadores por cuenta propia o autónomos, entre ellos los agricultores y ganaderos. Este sistema, basado en ingresos reales, establece que las cuotas a abonar por los autónomos se calcularán a partir de sus rendimientos netos.

El cálculo de las cuotas para el año 2023 se ha basado en una previsión de ingresos. Así, el trabajador pudo elegir sus bases de cotización entre unos determinados tramos, pudiendo cambiarlos cada dos meses, con un total de seis cambios al año, para adaptar su cotización a sus previsiones de ingresos en cada época del año y de su actividad profesional.

De este modo, y debido al nuevo sistema de cotización, todas aquellas personas que estuvieran dadas de alta en 2023 como autónomos, aunque sólo fuera un día, han tenido que hacer de manera obligatoria el IRPF este año 2024.

Finalizada ya la campaña del IRPF, las Administraciones Tributarias han facilitado a la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS) la información sobre los rendimientos netos anuales reales percibidos por cada autónomo.

La TGSS, una vez conocidos esos rendimientos, va a proceder a la regularización de las cotizaciones, para establecer las bases de cotización mensuales definitivas correspondientes al año 2023 de cada trabajador, devolviéndose o reclamándose cuotas en caso de que el tramo de rendimientos netos definitivos esté por debajo o por encima del indicado por las previsiones durante el año.

Fechas claves

Si la cotización que eligió el autónomo ha sido inferior a la cuota mínima que le corresponde según los rendimientos netos obtenidos, el trabajador tiene la obligación de abonar la diferencia antes del último día del mes siguiente al de la notificación, sin aplicación de interés de demora o recargo alguno de abonarse en plazo.

Si, por el contrario, la cotización fue mayor a la que corresponde por la base máxima del tramo de ingresos, la TGSS procederá a reembolsar al autónomo la cantidad pagada de más antes del 30 de abril del 2025.

Métodos de pago

Los autónomos pueden optar por varios métodos de pago para regularizar sus cuotas, incluyendo el pago en dinero en efectivo. Este se realizará a través de las entidades colaboradoras autorizadas o habilitadas al efecto o bien por transferencia. También puede hacerse utilizando tarjetas, tanto de débito como de crédito, vía sede electrónica.

Por otra parte, existe la opción de domiciliar el pago en una entidad bancaria. Se puede optar por hacerlo por alguno de los siguientes medios:

– Directamente en la Entidad Financiera de su elección.

– En las oficinas de la Tesorería General de la Seguridad Social.

– A través de internet, accediendo a la Sede Electrónica de la Seguridad Social, específicamente en la sección de “Ciudadanos – Cotización – Domiciliación en cuenta“.

 

Para cualquier duda al respecto acude a tu oficina de ASAJA provincial.