La organización agraria ASAJA de Castilla y León considera que la Junta pretende introducir cambios de gran calado en la normativa que regula las concentraciones parcelarias, a través de la futura Ley Agraria.
La organización agraria ASAJA de Castilla y León considera que la Junta pretende introducir cambios de gran calado en la normativa que regula las concentraciones parcelarias –utilizando la Ley Agraria ahora en fase de anteproyecto–, cambios que está dispuesta a apoyar si tienen como finalidad disponer de más recursos públicos y privados para aumentar la superficie concentrada y ejecutar las obras que llevan aparejados estos proyectos.
La nueva normativa pretende abrir la puerta a promover concentraciones parcelarias de carácter privado, que financiarían los promotores de las mismas, así como la posibilidad de que las concentraciones de carácter público puedan financiarse en todo o en parte por sus beneficiarios, algo que hasta ahora era gratuito. En principio, ASAJA comparte la idea de la financiación privada, ya que de no ser así las concentraciones, junto con las obras de infraestructuras que llevan parejas, sufrirán un parón de años, hasta que mejore la situación de las arcas públicas, poniendo freno a una necesaria modernización del campo. Además, ASAJA propondrá a la Junta que se pida más esfuerzo en la financiación privada a los propietarios de tierras que no son profesionales de la agricultura, así como a quienes tienen la propiedad en abandono sin obtener de ella un beneficio agrícola o ganadero.
La nueva Ley establece la creación de contribuciones especiales para repercutir en los usuarios todo o parte del coste de las concentraciones parcelarias y sus obras complementarias. ASAJA exigirá a las administraciones transparencia y eficacia en la ejecución de estos proyectos que después pagarán los usuarios y se opone a que estas contribuciones especiales se puedan cobrar por adelantado antes de realizarse la obra, como propone la Junta. ASAJA valora como muy positiva la propuesta de que en las obras en curso o ya realizadas, relativas a infraestructuras de regadío en procesos de concentración parcelaria, la parte reintegrable por el propietario pueda ser abonada en un plazo de hasta cincuenta años, ampliando muy significativamente los plazos respecto a la situación anterior. Estos mismos plazos han de mantenerse para el cobro de las contribuciones especiales.
La actual Ley de Concentración Parcelaria, que quedaría derogada, data de noviembre de 1990. Las concentraciones parcelarias tienen como finalidad la ordenación de las fincas rústicas para conseguir explotaciones agrarias de estructura y dimensiones adecuadas. Además, los procesos de concentración o reconcentración parcelaria suelen llevar aparejadas obras de mejora en caminos y desagües, así como modernización de los sistemas de riego si son fincas catalogadas como de regadío.