Hacienda ha publicado la orden por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
El Ministerio de Hacienda ha publicado la orden por la que se desarrollan para el año 2016 el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas y el régimen especial simplificado del Impuesto sobre el Valor Añadido.
En esta orden ya se recoge el umbral de los 250.000 euros anuales de volumen de ingresos para el conjunto de actividades agrícolas, ganaderas y forestales para estar en el régimen de módulos del IRPF y en el Régimen especial de agricultura y ganadería del IVA. Aunque inicialmente el Gobierno pretendía reducir este umbral a 200.000 euros desde ASAJA se consiguió que quedara en 250.000.
Para el año 2016, además, se rebajan los siguientes índices de rendimiento neto por determinadas actividades agrícolas:
Actividad |
IRN General |
IRN 2016 |
Uva de mesa |
0,42 |
0,32 |
Flores y plantas ornamentales |
0,37 |
0,32 |
Tabaco |
0,37 |
0,26 |
Como ya habíamos anunciado y reclamado desde ASAJA, se constata la rebaja de manera estructural de los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas a la patata y al bovino de leche, que quedan ahora en 0,26 y 0,20 respectivamente, aplicándose ya en el ejercicio fiscal 2015.