Desde el 1 de abril puede solicitarse la devolución parcial de las cuotas del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos del gasóleo agrícola, que asciende a 78,71 € por 1.000 litros
Desde el 1 de abril puede solicitarse la devolución parcial de las cuotas del Impuesto Especial sobre Hidrocarburos del gasóleo agrícola. Tienen derechos a la devolución los agricultores y ganaderos que a lo largo de 2015 hayan tenido derecho a la utilización de gasóleo bonificado para uso agrícola, y que efectivamente haya sido empleado como carburante en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura, y que, además, en relación con estas actividades, hayan estado inscritos en dicho periodo en el Censo de Empresarios, Profesionales y Retenedores.
Dan derecho a devolución los consumos realizados en:
a) Motores de tractores y maquinaria agrícola autorizados o no para circular por vías y terrenos públicos, empleados en la agricultura, incluida la horticultura, ganadería y silvicultura,
b) Motores de los aparatos y artefactos empleados en igual destino.
El importe a devolver será 78,71 euros por 1.000 litros.
Para tramitar la solicitud de devolución, que se puede hacer en las oficinas de ASAJA, es necesario aportar la siguiente documentación:
· Las matrículas de los vehículos en los que se ha utilizado el gasóleo bonificado.
· Designación y número de fabricación de la maquinaria o artefacto con los que se ha efectuado el consumo de gasóleo bonificado.
· El volumen de litros consumidos e importe del mismo (facturas).
· En el supuesto de adquisiciones de gasóleo satisfechas mediante cheques gasóleo, el declarante deberá determinar la cantidad de litros adquiridos correspondientes al importe satisfecho y consignar este dato en la solicitud
· Identificación de la entidad financiera y del código de la cuenta cliente, a la que se efectuarán las transferencias de las devoluciones (certificado bancario).