El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación (MAPA) ha declarado el riesgo alto por gripe aviar en España y ha activado desde el pasado lunes, 20 de enero, la Orden de 2006 que regula las medidas adicionales preventivas en las zonas de especial riesgo y vigilancia.
El MAPA ha adoptado esta decisión a raíz de un significativo aumento de riesgo detectado en los últimos días en prácticamente todas las comunidades autónomas españolas por la reciente aparición de focos de la enfermedad en aves en dos naciones limítrofes —Francia y Portugal— tanto en especies silvestres como domésticas.
Por su parte, el Diario Oficial de la Unión Europea recogió el pasado viernes, 17 de enero, que se habían comunicado brotes de gripe aviar en aves de corral en esos dos países, así como en Alemania, Hungría, Italia y Polonia.
Las zonas de especial riesgo están ligadas a humedales y al movimiento y estacionalidad de las aves silvestres, en Castilla y León afecta a varias provincias: Palencia, Zamora, Burgos y Salamanca. En concreto, se subrayan por su riesgo las siguientes áreas:
- Laguna de la Nava de Fuentes. Provincia de Palencia.
- Reserva natural de las Lagunas de Villafáfila. Provincia de Zamora.
- Embalse del Ebro. Provincia de Burgos.
- Azud de Riolobos. Provincia de Salamanca.
Por ello deberán adoptarse a partir del 20 de enero de 2025 las siguientes medidas en relación con las zonas de especial riesgo (ver documento adjunto):
- Queda prohibida la utilización de pájaros de los órdenes Anseriformes y Charadriiformes como señuelo.
- Queda prohibida la cría de patos y gansos con otras especies de aves de corral.
- Queda prohibida la cría de aves de corral al aire libre. Cuando esto no sea posible, se podrá autorizar el mantenimiento de aves de corral al aire libre, mediante la colocación, de telas pajareras o dispositivos que impidan la entrada de aves silvestres y se alimente a los animales de corral en el interior de las instalaciones para evitar la contaminación de alimento y agua.
- Queda prohibido dar agua a las aves de corral procedente de depósitos de agua a los que puedan acceder aves silvestres, salvo en caso de que se trate esa agua a fin de garantizar la inactivación de posibles virus de influenza aviar.
- Los depósitos de agua situados en el exterior por motivos de bienestar animal para determinadas aves de corral quedarán protegidos suficientemente contra las aves acuáticas silvestres.
- Queda prohibida la presencia de aves de corral u otro tipo de aves cautivas en los centros de concentración de animales incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales, así como cualquier concentración de aves de corral u otro tipo de aves cautivas al aire libre. Pudiendo realizarse esta actividad si así lo autoriza la autoridad competente de la Comunidad Autónoma.
Mientras que en los municipios incluidos en las zonas de especial vigilancia (ver documento adjunto), donde hay municipios de todas las provincias de Castilla y León, se aplicarán medidas de bioseguridad, quedando prohibida la presencia de aves de corral y aves cautivas en los centros de concentración de animales, incluyendo los certámenes ganaderos, muestras, exhibiciones y celebraciones culturales.
Es importante subrayar el riesgo bajo de contagio de esta gripe al ser humano y que no se transmite por los alimentos de la avicultura, por lo que no afecta en ningún caso al consumo.