Con fecha 31 de octubre, y desde la última actualización sobre la situación de la Enfermedad Hemorrágica Epizoótica (EHE) realizada el pasado 23 de octubre, los laboratorios regionales y el Laboratorio Central de Veterinaria (LCV) de Algete, laboratorio nacional de referencia para esta enfermedad, no han confirmado la presencia de enfermedad en nuevas comarcas.
Se puede encontrar más información en la página del MAPA dedicada a esta enfermedad.
SITUACIÓN EN CASTILLA Y LEÓN
Con objeto de recopilar la situación epidemiológica en Castilla y León, los Servicios veterinarios Oficiales están visitando todas aquellas explotaciones que notifican haber visualizado síntomas compatibles con la enfermedad, y se están tomando muestras de todas ellas.
De las 1.377 explotaciones que han notificado síntomas, 997 han presentado casos confirmados por positividad en PCR, siendo León, Burgos y Soria las provincias que presentan más positivos. Los casos declarados en fauna silvestre también han aumentado en León, Salamanca y Soria.
PROVINCIA |
GANADO Nº Explotaciones Positivas (PCR+) |
FAUNA SILVESTRE Casos Declarados Toma de Muestras + |
ÁVILA | 1 | 0 |
BURGOS | 282 | 1 |
LEÓN | 370 | 14 |
PALENCIA | 47 | 3 |
SALAMANCA | 38 | 1 |
SEGOVIA | 40 | 0 |
SORIA | 136 | 14 |
VALLADOLID | 4 | 0 |
ZAMORA | 79 | 10 |
TOTAL CASTILLA Y LEÓN | 997 | 43 |
COMUNICACIÓN OBLIGATORIA
Es obligatorio comunicar inmediatamente a los Servicios veterinarios Oficiales cualquier sospecha clínica observada, recomendándose realizar desinsectaciones en animales e instalaciones como prevención, así como tratar la sintomatología de los animales enfermos tan pronto como aparezcan los primeros indicios.
Desde la Junta de Castilla y León se recuerda que la EHE no afecta en ningún caso al ser humano, tratándose de una Enfermedad de Declaración Obligatoria (EDO) recogida en el Real Decreto 779/2023, de 20 de junio, por el que se establece la lista de las enfermedades de los animales de declaración obligatoria y se regula su notificación. Por tanto, es obligatorio comunicar inmediatamente a los Servicios Veterinarios Oficiales cualquier sospecha clínica en las especies susceptibles (domésticas y silvestres), recomendándose adoptar medidas de desinsectación en animales e instalaciones como sistema de prevención, así como el tratamiento sintomático de los animales enfermos tan pronto como aparezcan los síntomas en los mismos.
En el caso de los cadáveres de animales silvestres (ciervos, principalmente), se recuerda que los restos de estos animales no suponen un riesgo de contagio para el resto de la población susceptible.